La nueva modalidad para solicitar y hacer valer la incapacidad por maternidad en el Instituto Mexicano del Seguro Social, entró en vigor el viernes primero de julio y pretende beneficiar principalmente a la solicitante, la empresa donde labora y al IMSS.

El proceso tiene como beneficio que la mujer tenga la libertad de elegir si se atiende en el IMSS o en una clínica particular, además de la facilitación de trámite para su incapacidad.

El doctor Víctor Mondragón Rivero, coordinador de Primer Nivel de Atención del IMSS en Guanajuato, aseguró que la modificación que se realizó no fue a partir de alguna problemática que tuviera el sistema pasado.

Pero actualmente aún siguen realizando revisiones de los procesos del IMSS para agilizar los procesos que realicen los usuarios.

La intención es que el IMSS brinde un servicio de calidad a la población guanajuatense antes, durante y después del embarazo.

DIFERENCIAS DEL TRÁMITE

Antes

 No se podían transferir semanas del periodo prenatal al postnatal.

 Debían ser 2 certificados de incapacidad: prenatal y postnatal, invariablemente por 42 días cada uno.

 Se solicitaban hasta 7 visitas a las aseguradas que decidían atenderse fuera del IMSS.

 Certificados de enlace entre el periodo prenatal y el postnatal.

Ahora

 Se pueden transferir semanas del periodo prenatal al postnatal.

 Un certificado de incapacidad que ampare el periodo prenatal y el postnatal hasta por 84 días.

 Sólo necesitan acudir en una ocasión las aseguradas que decidan no atenderse en el IMSS.

 De requerirse certificados de enlace, se otorgarán al término del periodo amparado por el certificado único.

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