Comenzar con las obras del empréstito mientras no concluya el juicio de amparo que interpusieron ex regidores, constituye ‘abuso de autoridad’ y se puede llegar a la inhabilitación de quienes aprobaron la deuda por 350 millones de pesos.
Así lo indicaron los ex regidores Íñigo Rodríguez y Octavio Pérez Franco, quienes junto con Leonardo Gutiérrez, presentaron un amparo en julio pasado para frenar el endeudamiento de Celaya; pero ayer en Sesión de Ayuntamiento fueron aprobadas las primeras 13 obras a realizar con la deuda.
Iñigo Rodríguez dijo que el Juez Octavo de Distrito radicado en Celaya les concedió la suspensión definitiva del acto reclamado, que es en contra del empréstito de los 350 millones de pesos al no estar destinados a proyectos productivos.
Lo cual significa que la administración municipal de Celaya no debe comenzar con las obras del programa Impulso Amable, al cual se destinarán los recursos de la deuda.
Sin embargo, ayer en Sesión de Ayuntamiento fueron aprobadas las primeras 13 obras que se realizarán con el empréstito y que comenzarán con un crédito puente de 10 millones de pesos.
De acuerdo con Iñigo Rodríguez, esto violenta la suspensión definitiva que se les concedió y se traduce en ‘abuso de autoridad’, y las consecuencias pueden llegar hasta la inhabilitación de los regidores que aprobaron la ejecución de las obras, mientras se resuelve el juicio de amparo.
“La suspensión es, espérate, no hagas nada mientras yo resuelvo el fondo del asunto, que es el amparo.
“La violación a una suspensión por incumplimiento a una sentencia de amparo se constituye en el delito de abuso de autoridad”, explicó el ex regidor Íñigo Rodríguez.
No obstante, tanto el alcalde Ramón Lemus Muñoz Ledo como el director Jurídico de la administración municipal, Ignacio Ramírez Valenzuela aseguraron que la suspensión concedida a los ex regidores no perjudica en nada, pues sólo representa que deben informar a detalle el uso y destino de los recursos.

Está seguro de que se echará abajo deuda
Iñigo Rodríguez explicó que la Constitución Política, en su fracción octava artículo 117, prohíbe a los estados y municipios contraer deuda pública, la única excepción es cuando la aplicación sea para obra pública productiva, es decir, aquella que por sí misma generará ingresos para que se pague sola.
Entonces, como el gobierno municipal de Celaya no definió obras públicas productivas en el empréstito de los 350 millones de pesos, están seguros de que ganarán el amparo, pues desde un principio se está quebrantando la ley.
Tanto él, como Octavio Pérez, comentaron que no están en contra del desarrollo de la ciudad, sino más bien de adquirir una deuda que sea difícil de pagar y complique el funcionamiento de la administración municipal. Consideran que hay otras maneras de buscar recursos para obras sin necesidad de endeudar el municipio.

Amparo no afecta: Jurídico
El amparo para frenar el endeudamiento por los 350 millones de pesos no frena el proceso, sólo se concedió que se informe a detalle sobre el uso de los recursos, informó el director Jurídico del gobierno municipal, Ignacio Ramírez Valenzuela.
Dijo que hace dos días llegó la notificación sobre el amparo, en el cual se les concedió la suspensión, pero con un efecto limitado, nada más para que se informe al Órgano Jurisdiccional, de acuerdo con la ley de transparencia, el uso y destino del crédito, pero no para frenar definitivamente el proceso de empréstito.

üLo que sigue: Esperar a que el Poder Judicial tome ‘cartas en el asunto’ por el abuso de autoridad que está cometiendo el Ayuntamiento de Celaya al no respetar la suspensión definitiva concedida a los ex regidores que interpusieron el amparo.

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *