El Rector General de la Universidad de Guanajuato (UG), Luis Felipe Guerrero Agripino aseguró que la Ley de legítima defensa que ya se usa en algunos estados del país, ya está prevista en el Código Penal para el Estado de Guanajuato, por lo que los expertos deberán definir claramente entre esa figura y la que comúnmente se conoce como “defensa propia”.

“La legítima defensa vendría a ser un agregado a una regulación ya existente. La legítima defensa ya está estipulada en el Código Penal para el Estado de Guanajuato. Aquí lo que se busca es establecer un supuesto específico, ante la agresión de bienes propios o ajenos y no confundir con lo que se conoce como defensa propia”, dijo.

Explicó que también hay que considerar cual es el rango jurídico que tiene el autor y el supuesto jurídico que se pretende regular, sobre todo cuando ya existe un normatividad vigente que no debe resultar afectada.

Hace unos días, en el Estado de Nuevo León, el Congreso del Estado aprobó una norma que fue denominada, como la Ley de Legítima Defensa, con lo cual se regula de mejor manera el derecho de los propietarios de hogares y otros bienes, para defenderse ante una posible agresión de ladrones, asaltantes, entre otros.

Por ahora, se espera que esa misma legislación sea replicada por el resto de los Estados del país y Guanajuato no sería la excepción, pese a que como apreció Guerrero Agripino se trata de un acto jurídico que ya prevé el Código Penal para el Estado de Guanajuato.

“Hay que analizar muy bien los alcances; cual es la consecuencia jurídica. Quien priva de la vida a una persona, la priva de la vida, es un homicidio, pero es un tipo penal de homicidio y considero que todo complemento jurídico es bienvenido, pero hay que ver todas las aritas”, afirmó.

El Rector General de la UG aclaró que para que se de la legítima defensa debe haber varios elementos como una agresión, una reacción y afectación a un bien jurídico que puede ser una casa, un departamento y hasta una institución.

Precisó que antes que nada hay que definir lo que es una legítima defensa, ante una supuesta agresión, ya que luego se presenta otro tipo de consecuencias jurídicas que afectan a quien intenta la defensa de su persona o bien de su patrimonio.

“Con lo que hay que tener cuidado es en las situaciones eminentemente técnicas y analizar todos los supuestos que se pueden actualizar para que no vaya a ser que con una modalidad se afecte a otra”, aseguró.

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