La Suprema Corte de Justicia legalizó hoy el matrimonio entre personas del mismo sexo en el Estado de Puebla, al invalidar, con efectos generales, la definición tradicional prevista en el Código Civil local.

Por unanimidad, aunque con matices de algunos Ministros, el Pleno de la Corte anuló porciones de los artículos 294, 297 y 300 del Código Civil de Puebla, y estableció que las alusiones a “un solo hombre y una sola mujer”, deben entenderse en el sentido de que tanto el matrimonio como el concubinato son accesibles también a parejas del mismo sexo.

Además fue anulada la mención a que el matrimonio tiene el propósito de “perpetuar la especie”, con argumentos que la Corte ha sostenido desde hace años en el sentido de que se violan derechos humanos de trato igualitario, no discriminación por orientación sexual y libre desarrollo de la personalidad.

Puebla es el tercer estado del País en el que las bodas gay son legalizadas por la Corte, pues sentencias similares fueron dictadas para invalidar la definición tradicional de matrimonio en Jalisco y Chiapas.

En esos tres casos, la Corte resolvió acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que a su vez aprovechó reformas a los códigos civiles cuyo único objetivo fue prohibir el matrimonio entre menores de 18 años.

La Corte ha considerado que, como en dichas reformas se reiteró la definición tradicional de matrimonio heterosexual, la CNDH sí podía utilizarlas como base para impugnar la no previsión legal del matrimonio homosexual.

En otros estados, como Oaxaca y Nuevo León, la Corte ha concedido amparos a parejas que han manifestado su intención de casarse, e incluso a personas que dicen ser homosexuales aún si no han intentado contraer matrimonio.

Estos amparos, sin embargo, no tienen los efectos generales de las sentencias dictadas en acciones de inconstitucionalidad, sino que solo benefician a quienes los promueven.

La Ciudad de México, Coahuila, Nayarit, Quintana Roo, Campeche, Colima, Morelos y Michoacán prevén legalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, mientras que el Registro Civil de estados como Sonora ha empezado a reconocerlos sin necesidad de reformar el Código Civil.

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