Empresarios gasolineros se ampararon contra la Profeco aduciendo que las infracciones que les aplica son excesivas y anticonstitucionales.
El abogado fiscalista Rodolfo Alcacio Contreras aseguró que hay por lo menos dos demandas de amparo de dueños de estos establecimientos, presentadas en el Juzgado Tercero de Distrito con sede en León.
El litigante aseguró que algunos negocios que han sido visitados por la Dirección de Verificación de Combustibles de Profeco se negaron a que les coloquen los sellos de inmovilización y se ampararon.
“Si bien puede ser cierto que hay gasolineros que abusan con las concesiones, las formas como actúan las autoridades no son las adecuadas, y algunas sanciones son abusivas y anticonstitucionales”, dijo el fiscalista.
El 15 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo en el que se marcan los criterios para la determinación de sanciones por infracciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, en materia de gas LP y combustibles líquidos (gasolina y diesel).
En el apartado 7 de este acuerdo se establecen sanciones contra gasolineros que van de los 250 mil hasta un millón 372 mil pesos por irregularidades.
“Este acuerdo tiene tres inconstitucionalidades que están dando materia para que los gasolineros promuevan juicios de amparo. El primer titular de la Profeco (Alfredo Castillo Cervantes) estableció multas exorbitantes. Están prohibidas por el artículo 22 constitucional, porque no contemplan un mínimo y un máximo para sancionar, y las que se aplican son fijas”, explicó el especialista.
La segunda anomalía que consideró el abogado es la  imposición de multas, ya que su aprobación sólo corresponden a los legisladores. El Procurador del Consumidor no tiene facultades para aplicar sanciones según su criterio. “No es autoridad con facultades legislativas”.
“Un tercer error del acuerdo es que se invoca a la Ley Federal del Consumidor y sus reglamentos, pero los cita deficientemente sin precisar fracciones, sin precisar incisos ni apartados, y esta omisión no está permitida por la Constitución ni por la jurisprudencia, porque genera incertidumbre e inseguridad a los gasolineros”, subrayó.
Los gasolineros dispusieron de 30 días después de que se publicó el acuerdo en el Diario Oficial para ampararse.
Si no lo hicieron, explicó el abogado, quienes han sido sancionados disponen de 15 días para intentar ampararse, como ya lo han hecho algunos.
Otros han recurrido al deshago de la inspección que les hicieron.
“El hecho de que algunos gasolineros se hayan opuesto a la verificación, porque la orden de inspección no tenía el nombre o el domicilio correcto, es un síntoma de que la ciudadanía comienza a tener conciencia de sus derechos”, añadió.
La Profeco no ha dado informes sobre las gasolineras que han sido sancionadas en León.

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