¿Te bloqueó un funcionario en redes sociales? Pues no puden hacerlo, aunque sean críticas contra el servidor público.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que los servidores públicos que tienen cuentas en redes sociales en las que difunden sus actividades oficiales no pueden bloquear a los ciudadanos críticos.

La Segunda Sala de la Corte, según El Universal, avaló el proyecto de Eduardo Medina Mora que estableció que cuando un servidor público bloquea en redes sociales alegando “derecho a la intimidad” atenta con los derechos de libertad de expresión y acceso a la información de los ciudadanos.

La resolución se da luego de que el periodista veracruzano Miguel Ángel León Carmona fuera bloqueado en Twitter por el fiscal general de Veracruz, Jorge Winckler.

Medina Mora señaló que el fiscal utiliza su cuenta de Twitter, que es pública, para difundir información sobre sus actividades como servidor público, por lo que constituye información de interés general.

Aunque se reconoció que cuando existan comportamientos que impliquen amenazas a la integridad del funcionario puede justificarse un bloqueo.

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