El Congreso local aprobó disminuir de 24 a 8 horas el plazo máximo en que el Ministerio Público tiene que emitir medidas cautelares de protección para una mujer que ha denunciado violencia.
Fue aprobada una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato.
Adicionalmente se reformó el Código de Procedimientos Penales para la entidad, a fin de establecer que, en los casos de violencia intrafamiliar, el Ministerio Público podrá emitir órdenes de protección a favor de las víctimas de violencia y de sus familiares, exponiendo las razones y los fundamentos que las justifiquen, las cuales tendrán una temporalidad no mayor de 72 horas y deberán expedirse también dentro de las ocho horas siguientes al conocimiento de los hechos que las generen.
Al intervenir a favor del dictamen, la diputada Karla Alejandrina Lanuza Hernández sostuvo que la violencia contra las mujeres es una conducta que lacera a toda la sociedad y afirmó que la legislación debe ser adecuada a la realidad social y necesidades actuales.
Cuando una mujer acude a denunciar que ha sido víctima de violencia, es porque realmente considera necesario el contar con el apoyo y protección de las autoridades. De esta forma, la reducción de horas en que deberán emitirse estas órdenes, deberá representar una atención digna y adecuada para la mujer.
La diputada panista Alejandrina Lanuza solicitó el apoyo de todos los diputados para poder construir el Centro de Protección y Justicia para las Mujeres, que se instalará en Irapuato.

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