De acuerdo con la iniciativa de reforma a la Ley Minera federal los recursos asignados a los estados deberán ser empleados en inversión física con impacto social, ambiental y de desarrollo urbano positivo.
La reforma fue aprobada por la cámara de diputados el jueves, y que falta sea ratificada por el Senado; modifica los artículos 6 y 27, fracción II, y agrega los artículos 27 BIS y 27 TER a la Ley Minera.
Las acciones que el estado y los municipios podrán realizar con el recurso procedente de la Compensación Minera incluyen; la construcción, remodelación y equipamiento de centros escolares; pavimentación y mantenimiento de calles y caminos locales, así como la instalación y mantenimiento de alumbrado público.
Además creación de rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de agua, instalación y mantenimiento de obras de drenaje público, manejo de residuos sólidos, y mejora de calidad de aire.
También obras que preserven áreas naturales, como por ejemplo, reforestación y rescate o rehabilitación de ríos y otros cuerpos de agua, obras que afecten de manera positiva la movilidad urbana, incluyendo sistemas de trenes suburbanos, metrocable de transporte o equivalentes.
Los estados donde haya actividad minera deberán crear un Comité de Desarrollo Regional el cual definirá obras que las empresas mineras deban hacer en infraestructura y servicios públicos en beneficio de las comunidades vecinas a la actividad minera.
Composición del Comité
El cual Comité de Desarrollo Regional para las Zonas Mineras estará integrado por un representante de la Administración Pública Federal, en este caso, por parte del titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano a cargo del Comité.
Así como un representante del Gobierno del Estado o en su caso del Gobierno del Distrito Federal; un representante del o los municipios en donde se localicen las actividades de las empresas mineras.
Y en los casos en donde las empresas mineras realicen actividades en comunidades indígenas o rurales, se incluirá un representante de dichas comunidades; así como un representante de las empresas mineras relevantes con actividades en la demarcación.
Distribución de los recursos captados
Del dinero recaudado por Compensación Minera el 30% será para el presupuesto federal y el 70% por ciento para el Desarrollo Sustentable de los Estados y Municipios, que irá en proporciones iguales de 50 por ciento para estados y para municipios donde se realiza la actividad minera a fin de ser aplicados en inversión física con un impacto social ambiental y de desarrollo urbano positivo.
El dinero que se le otorgue a los estados y municipios se determinará de acuerdo al registro estadístico de producción minera que hará la Secretaría de Economía.
Impulsarán inversión física con nueva Ley
Los recursos que accedan al Municipio con la reforma a la Ley Minera serán utilizados para obras de impacto social, ambiental y de desarrollo urbano