Guanajuato, Guanajuato.- El Consejo del Poder Judicial tomó un acuerdo para avalar las videoconferencia como un modo de realizar audiencia del Sistema Penal Acusatorio y del Sistema para Adolescentes, en casos urgentes.
El acuerdo contempla que se podrán realizar audiencias relacionadas con órdenes de aprehensión, cuando no sea posible su solicitud por vía electrónica, referentes al control de la detención y las de cumplimiento de una orden de aprehensión.
También:
- las de vinculación a proceso derivadas de un control de detención
- las relacionadas con medidas cautelares de prisión preventiva
- procedimientos abreviados en los que existe la posibilidad de que el imputado pueda gozar de libertad y
- soluciones que lleven al mismo beneficio.
- solicitudes de sobreseimiento que tengan como consecuencia la obtención de la libertad del imputado
- beneficios preliberacionales por atención médica (hospitalización)
- segregación y tortura y
- las relacionadas con el derecho que asiste a las mujeres a una vida libre de violencia.
- además de otras que a discreción del juzgador se consideren urgentes.
Los consejeros se reunieron el jueves y establecieron los supuestos, pero también algunos lineamientos para el desarrollo de las videoconferencias. Entre estas se establece la obligatoriedad de que las partes intervinientes tengan la posibilidad de observar a todas las personas que participan en la audiencia, de manera clara y simultánea, a fin de garantizar el cumplimiento del principio de inmediación.
Por ello, al iniciar la audiencia, el juez deberá cerciorará que las partes puedan verlo y oírlo claramente a él y oírse entre sí y a lo largo de la misma, preguntará a las partes si tal claridad persiste.
En caso de advertir alguna falla técnica u otra situación que impida el desarrollo de la audiencia las medidas que estime necesarias para continuar o, de ser el caso, posponer su continuación”, señala el acuerdo.
En caso de que a criterio del juez no sea posible desahogar la audiencia mediante el uso de la videoconferencia en tiempo real, por la naturaleza del caso o por razones técnicas, ésta se deberá desahogar de manera presencial en el Juzgado Regional del Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial, el Sistema Integral de Justicia para Adolescentes o Ejecución Penal, atendiendo a las recomendaciones de las medidas de higiene, filtro de supervisión y distanciamiento social.
Hasta el momento, el Consejo del Poder Judicial no contempla modificar el plazo de las medidas de distanciamiento social planteadas hasta el próximo seis de mayo, aunque a nivel federal la Jornada Nacional de Sana Distancia se estableció hasta el primero de junio.
AM