Por mayoría de votos, esta tarde, magistrados de la Sala Regional de Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) fallaron en contra de la pretensión que buscaba echar abajo la candidatura a diputado federal por el distrito de Ixmiquilpan de Cipriano Charrez Pedraza bajo las siglas del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena).

Dicho recurso fue promovido por Pascual Charrez Pedraza, su hermano y alcalde con licencia de Ixmiquilpan, quien había pedido una revisión a la Comisión Nacional de Honor y Justicia de Morena, ya que esta aseguró que él no había participado en el proceso interno de selección de candidatos.

Bajo la ponencia del magistrado Juan Carlos Silva Adaya, en las pruebas presentadas en el expediente ST-JDC-166/2018 en contra de la comisión partidista, se encontró que Pascual Charrez no participó en el proceso interno de selección, por lo tanto no había elementos para que prosperara su recurso.

Sin embargo, el tema fue controvertido por el magistrado Alejandro David Avante, quien cuestionó la resolución de la comisión partidista y pidió que se reenviara el caso para que se analice junto con tres videos que presentó como prueba Pascual Charrez. 

“Se me hace delicado el precedente, porque lo que buscó evitar es que mediante la ‘simulación de actos’ se pretenda hacer creer a una persona que hay un proceso de selección y al momento de obtener los resultados simplemente la posición del partido político es negar el procedimiento de selección”, expresó el magistrado Silva Adaya.

ORDENAN AL CONGRESO DE HIDALGO DAR LICENCIA A PASCUAL CHARREZ

En un segundo caso, se ordenó a la mesa directiva del Congreso de Hidalgo otorgar la licencia para separarse del cargo de presidente municipal de Ixmiquilpan por tiempo indefinido a Pascual Charrez Pedraza, quien hace unos días fue electo como candidato del Partido del Trabajo (PT) a diputado federal por el distrito II.

En el estudio del expediente ST-JDC-237/2018, los magistrados resolvieron que la asamblea municipal tiene la facultad de otorgar licencias para separarse del cargo por 30 días; mientras el Congreso tiene la facultad para otorgar una licencia perene.

“Se deja insubsistente la determinación de la Secretaría de Servicios Legislativos sobre la solicitud de licencia presentada por Pascual Charrez y se ordena a la mesa directiva que lleve a cabo las gestiones que se resuelva la licencia presentada por Pascual Charrez Pedraza”, sentenciaron.

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