A partir del martes 21 de septiembre, en Juárez Hidalgo estará prohibido que animales domésticos de todo tipo deambulen en la vía pública, principalmente los de corral, por lo que el municipio podrá rematar aquellos que no sean reclamados en 30 días, de acuerdo con una reforma al Bando de Policía y Buen Gobierno.
El ayuntamiento de Juárez Hidalgo publicó en el Periódico Oficial del estado la reforma de decreto del Bando de Policía y Buen Gobierno, al que adicionaron el capítulo II-A referente al corral de concejo, que será el lugar donde depositarán el ganado bovino, equino, asnal, mular y ovino que sea recogido en la vía pública.
De acuerdo con el artículo 52b del mismo capítulo, será el director de servicios generales municipales el responsable de recibir, cuidar, vigilar y realizar los avisos en los lugares públicos del municipio, para la localización del propietario del animal.
Así como, realizar la tramitación en lo referente al remate de animales, la entrega al propietario del animal con previa comprobación de propiedad, los pagos por el cuidado del animal y pago de daños y perjuicios causados a terceras personas, mismas que deberán quedar plasmadas en un convenio o acuerdo celebrado ante el juez cívico municipal.
“Queda estrictamente prohibida la vagancia de toda clase de animales domésticos”, señala el documento en su artículo 52c. En caso de detectar a alguno, estos serán puestos a disposición de la autoridad municipal para depositarlos en el corral del concejo, donde se cobrarán dos Unidades de medida y actualización (UMAs) vigente, es decir 179.6 centavos cada 24 horas por cada cabeza de ganado.
El documento emitido por el municipio serrano indica que quien encuentre a un animal vagando en la vía pública o en su propiedad y no sepa quién es el dueño, lo podrá llevar al corral de concejo municipal y entregarlo inmediatamente al director de servicios generales municipales para su custodia.
REMATE DE ANIMALES EN 30 DÍAS
La autoridad municipal fijará avisos cada diez días por un periodo de 30 naturales, en los lugares públicos del municipio, donde anunciará que al vencimiento de dicho plazo, rematará el animal si no se presenta nadie a reclamarlo.
Al transcurrir el término de los 30 días naturales, el director de servicios generales municipales dispondrá de la venta del o los animales y mandará depositar el importe total a la tesorería municipal.
En caso de que alguien reclame al animal con previa comprobación de propiedad, deberá pagar los daños y perjuicios que por su negligencia o descuido el animal haya causado al patrimonio de terceras personas, estableciendo un convenio o acuerdo ante el juez cívico, mismo que ordenará la entrega del animal a su propietario.
También se añadió el título referente al juez cívico que tendrá entre sus atribuciones las de atender a los vecinos en los conflictos que no sean constitutivos de delito, ni de la competencia de los órganos judiciales o de otras autoridades; determinar la existencia o no de faltas administrativas.
Así como, conocer, calificar e imponer las sanciones por faltas al Bando de Policía y Buen Gobierno; llevar a cabo audiencias públicas; aprobar los convenios y acuerdos que se celebren entre dos o más partes ante el facilitador cívico sobre conflictos relacionados con la impartición de la justicia cívica, por mencionar algunas. El decreto entra en vigor el 21 de septiembre de 2021.
Juárez Hidalgo cuenta con una superficie de 110.80 kilómetros cuadrados y representa apenas 0.53 por ciento de la superficie del estado. Está ubicado en la denominada Sierra Baja y hasta antes del 24 de mayo de 2020 fue el único “municipio de la esperanza” en Hidalgo, pues no tenía casos de COVID y colinda con Tlahuiltepa, Molango y Eloxochitlán.