Antes de la primera quincena de noviembre las entidades de la administración pública paraestatal deberán contratar a un auditor externo para el proceso de auditorías financieras del ejercicio fiscal 2021 y será la Secretaría de Contraloría la que propondrá y designará a los encargados de las revisiones.
Lo anterior, luego de que la dependencia estatal publicó el acuerdo por el que emite los lineamientos para la designación, contratación, control y evaluación de los auditores externos que contraten las entidades auditadas para dictaminar sus estados financieros, presupuestarios y programáticos.
Dichos lineamientos señalan que el ciclo de la auditoría externa comprenderá la revisión de un ejercicio fiscal, que abarca del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, por lo que la dirección general de auditoría gubernamental de la Secretaría de Contraloría debe realizar los actos necesarios para que los trabajos de auditoría externa sean durante el segundo semestre de cada periodo a revisar, concluyendo a más tardar en el primer trimestre del ejercicio siguiente.
Para los casos específicos de los entes como Servicios de Salud de Hidalgo e Instituto Hidalguense de Educación, y debido al monto total autorizado para su operación, podrán iniciar el proceso para contratar el despacho externo que les corresponda, durante el primer mes del año siguiente a auditar y recibir el dictamen a más tardar el último día hábil de junio del año en el que inician su proceso de contratación.
DESPACHOS INSCRITOS EN PADRÓN DE PROVEEDORES
El documento publicado en el Periódico Oficial del estado señala que la dirección general de auditoría gubernamental propondrá y designará a las personas físicas o morales que fungirán como auditores o despachos de auditoría externa, los cuales dictaminarán los estados financieros de las entidades auditadas, considerando la normatividad y las modalidades aplicables en los procedimientos de contratación.
La dependencia estatal podrá proponer aquellos despachos o auditores que cuenten con registro en el Padrón de Proveedores Estatal con una antigüedad de al menos tres meses previos a la fecha de propuesta o designación. En la contratación podrá preferirse el procedimiento de invitación a cuando menos tres.
El acuerdo indica que el despacho externo deberá presentar a más tardar el último día hábil de febrero de cada ejercicio presupuestal un informe preliminar sobre los resultados de la auditoría y estará integrado por las observaciones preliminares determinadas, otorgando un plazo de cinco días hábiles al ente auditado para realizar las aclaraciones correspondientes.
Además, una vez concluido el plazo, el despacho externo notificará mediante el acta de cierre de auditoría las observaciones finales el día 15 de marzo o a más tardar el siguiente día hábil, acompañando las acciones correctivas y preventivas que recomiende. El ente auditado podrá aportar dentro de los siguientes cinco días hábiles información para su solventación.
Los lineamientos entraron en vigor el pasado 20 de octubre, por lo que la contratación de las auditorías externas del ejercicio 2021 deberá ser en un plazo no mayor a los 20 días hábiles de su publicación. El resultado de la evaluación lo remitirán a la Secretaría de Contraloría a más tardar 15 días hábiles siguientes a la entrega del dictamen para su concentración y consideración en ejercicios futuros.