El día 16 de noviembre del año 2009 la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó una sentencia contra el Estado mexicano por el caso denominado Campo Algodonero, en el cual se responsabilizó al Estado Mexicano, tomando en cuenta las cuestiones sociales que se viven en Ciudad Juárez, Chihuahua, mismas que el Estado manifestó en su informe, la situación de extrema violencia vivida por las mujeres de la localidad, las condiciones de vida de la población, el problema del tráfico de drogas y armas por la situación fronteriza de la ciudad.
Todos los casos de homicidios de mujeres sucedidos en esa ciudad, en el periodo de 1993 al 2003, fueron tratados, según el mismo Estado, como investigaciones llenas de irregularidades, realizadas en tiempos excesivamente largos, lentas, con pruebas recolectadas de modo irregular y negligente, y con pérdida de información. Derivada por la insensibilidad de los servidores públicos encargados de investigar, y que derivaron en impunidad.
Las victimas del caso del Campo Algodonero fueron Laura Berenice Ramos Monárrez de 17 años de edad, estudiante del quinto semestre de preparatoria. Claudia Ivette González de 20 años de edad, trabajadora de una maquiladora: y Esmeralda Herrera Monreal, de 15 años de edad que trabajaba como empleada doméstica. Desaparecidas en distintas fechas del año 2001.
La investigación en ese momento por las desapariciones de las 3 víctimas fue de tipo administrativo, carente de acciones a hallar a las 3 mujeres desaparecidas con vida, fue también muy estereotipada en cuanto a las conductas de los funcionarios encargados de investigar las desapariciones, minimizando los hechos, desacreditando a los familiares denunciantes, y haciendo señalamientos machistas en cuanto a las conductas que suponían habían realizado las víctimas y que explicarían su desaparición, tales como “irse con el novio”.
El 6 de noviembre del 2001 fueron encontrados los cadáveres de las 3 víctimas en un campo algodonero, mismas que mostraban señas de ensañamiento por parte de sus victimarios, con huellas de abuso sexual, abusos cometidos con extrema crueldad.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a México, por no garantizar los derechos la vida y la integridad, el derecho a la libertad personal, las garantías judiciales, los derechos del niño y la protección judicial, de las victimas del caso del Campo Algodonero.
Fue ordenado por la Corte Interamericana, la identificación, proceso y sanción de los responsables de la desaparición de las victimas del feminicidio del Campo Algodonero, la eliminación de los obstáculos que imposibilitaron la investigación oportuna del caso. En este punto la Corte ordena una investigación con perspectiva de género. La identificación de los funcionarios responsables de las irregularidades en la investigación.
Se ordenó también una serie de medidas tendientes a eliminar los obstáculos para la obtención de justicia por mujeres que han sufrido de violencia, la capacitación de los funcionarios en materia de género, para poder realizar investigaciones con enfoque de género. Así como la indemnización a los familiares de las víctimas y la adaptación del sistema judicial para prevenir este tipo de delitos.
A 12 años de la sentencia para el Estado Mexicano, es una realidad que la lucha por garantizar la legalidad de los procesos judiciales y la garantía de los derechos humanos sigue vigente siendo así una necesidad y un llamado permanente para que todas las autoridades refuercen acciones y sumen una coordinación interinstitucional que permita que cada ciudadana y ciudadano tenga la garantía de transitar en un país con miras de reducir la inseguridad y por lo tanto la violencia.
La opinión expresada en esta columna es responsabilidad de su autor (a) y no necesariamente representa la postura de AM Hidalgo.