Tras usar imágenes de menores de edad en publicidad de campaña, la excandidata de Va por Hidalgo Carolina Viggiano Austria y la priista Monserrat Pérez Cedeño, fueron amonestadas públicamente por el TEEH, órgano que también determinó actos anticipados de campaña y violación al principio de equidad contra tres diputados federales, por lo que dio vista al Congreso de la Unión

En sesión pública realizada este 15 de julio, el pleno del Tribunal Electoral de Hidalgo (TEEH) resolvió distintos procesos especiales sancionadores, entre ellos uno promovido por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en contra de la excandidata Alma Carolina Viggiano, además de Monserrat Pérez Cedeño y los partidos PAN, PRI y PRD.

Lo anterior, debido a publicaciones hechas en la red social Facebook en los perfiles de las dos personas denunciadas el 30 de abril y 1 de mayo, donde aparecen menores de edad, por lo que el TEEH determinó la existencia de la infracción consistente en la vulneración al interés superior de la niñez.

“El Tribunal Electoral considera que las publicaciones difundidas a través de Facebook, transgreden la protección de los derechos del interés superior de las niñas, niños, así como el derecho a la intimidad y al honor, entre otros inherentes a su personalidad”, refirió el magistrado Leodegario Hernández Cortez.

Pese a que la denunciada presentó 28 formatos de autorización exhibidos ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), estos incumplieron los parámetros que refieren los lineamientos para la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes en materia político electoral, ya que no señalan el nombre de quien autoriza, nombres y edad de niños y niñas, así como copia de las identificaciones oficiales de los padres o tutores y copia de acta de los menores.

En consecuencia, el TEEH impuso amonestación pública a la excandidata Alma Carolina Viggiano, la priista Moserrat Pérez Cedeño y a los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) por culpa in vigilando.

ACTOS ANTICIPADOS Y VIOLACIÓN A EQUIDAD DE DIPUTADOS

Otro procedimiento especial sancionador resuelto fue el expediente TEEH-PES-085/2022  promovido por Morena contra acciones atribuidas a Carolina Viggiano y otros, donde determinó actos anticipados de campaña y violación al principio de equidad en la contienda, cometidos por tres diputados federales.

Lo anterior por diversas publicaciones de servidores públicos, así como la utilización de sus redes para difundir los hashtag, #Carogobernadora, #Ahoraonunca, #Estiempodelasmujeres, #YoconCaro entre otras, con lo que vulneraron los principios de legalidad y equidad en la contienda y actos anticipados de campaña.

Por ello determinó actos anticipados de campaña atribuibles a las diputadas federales Lorena Piñón Rivera y Yeimi Aguilar Cifuentes, así como el diputado federal Mariano González Aguirre; además señaló la existencia de violaciones al principio de imparcialidad y neutralidad contra los tres legisladores federales, así como Jessica Colín Martínez quien es regidora del ayuntamiento de Tepetitlán.

El TEEH ordenó dar vista con copia digital certificada de las constancias que integran el expediente a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión y al órgano interno de control del ayuntamiento de Tepetitlán, para que determinen la sanción conducente en torno a la responsabilidad de los servidores públicos. Contra Carolina Viggiano descartó la existencia de infracciones denunciadas. 

INCOMPETENCIA SOBRE DESIGNACIÓN DE OMBUDSPERSON

Por otra parte, el Tribunal Electoral se declaró incompetente para conocer y resolver el juicio ciudadano promovido por Nubia Verenis Paredes Ángeles que impugnó la omisión de la primera comisión permanente de Derechos Humanos y atención de las personas con discapacidad del Congreso del estado, en dar seguimiento al proceso de selección y designación del titular de la Comisión de Derechos Humanos de Hidalgo.

Lo anterior, debido a que el acto que se reclama no puede ser considerado como electoral, al no actualizarse en ninguna de las hipótesis normativas; además que el cargo por el que participa la impugnante no es de elección popular, lo que provoca que se encuentre fuera de la jurisdicción de dicho órgano.

Finalmente, el TEEH resolvió tres recursos de apelación promovidos por Morena en los que impugnó los acuerdos de improcedencia de quejas administrativas fechadas el 9 y 10 de junio emitidos por la Secretaría Ejecutiva del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, los cuales fueron revocados ya que el Tribunal consideró que no se realizó una correcta valoración de la denuncia promovida.

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *