Genaro García Luna: Juez le niega amparo contra orden de aprehensión

Ciudad de México.- Una juez federal negó a Genaro García Luna el amparo contra la orden de aprehensión librada en su contra por un probable enriquecimiento ilícito de más de 27 millones de pesos.

Yazmín Eréndira Ruiz Ruiz, Juez Décimo Sexto de Distrito de Amparo en esta ciudad, consideró que el mandato de captura estaba plenamente justificado porque el exfuncionario carece de arraigo en México y por tanto no hay otra forma de hacerlo comparecer ante la justicia federal.

A esta conclusión llegó la juzgadora porque la Fiscalía General de la República exhibió documentos que acreditan que el exsecretario de Seguridad Pública Federal registró 209 ingresos y salidas del País del 2013 al 2019 y sus hijos son ciudadanos estadounidenses.

“Por ello resulta evidente, que el Juez de la causa motivó de manera adecuada la necesidad de girar la orden de aprehensión, ya que, atendiendo a la falta de arraigo del investigado en México, existe un riesgo de que el quejoso se sustraiga de la justicia”, señaló la juez de amparo.

De acuerdo con registros judiciales, el exmando policiaco ya impugnó esta sentencia de la juez Ruiz, mediante el recurso de revisión, y será un tribunal colegiado el que determine en última instancia si valida o no el mandamiento de captura.

Esta orden de aprehensión fue girada el 27 de noviembre de 2020 por un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte y es uno de los tres mandamientos de captura librados en México contra el exmando policiaco, hoy preso en Nueva York por cargos de narcotráfico.

Las otras dos órdenes de captura son por el caso de tráfico de armas de Estados Unidos a México, denominado “Rápido y Furioso” y por las concesiones con sobreprecio de los penales federales a empresas inmobiliarias.

El caso de enriquecimiento ilícito está basado en las declaraciones patrimoniales que rindió García Luna ante la Secretaría de la Función Pública, entre el 16 de diciembre de 2000 y el 30 de noviembre de 2012, cuando ocupó los cargos de titular de la Agencia Federal de Investigación y secretario de Seguridad Pública Federal.

Según la FGR, en esos años el exfuncionario declaró haber tenido ingresos por 23 millones 384 mil 958 pesos, sin embargo, le detectaron ingresos no justificados por 27 millones 343 mil 614 pesos.

Sobre esta última cantidad, 15 millones 14 mil 690 pesos corresponden a depósitos de origen no identificado en cuentas bancarias; y 9 millones 711 mil 807 pesos a bienes inmuebles cuya forma de pago no está identificada.

Otros 2 millones 312 mil 280 pesos son pagos a tarjetas de crédito que la autoridad señala como “no identificados” y 617 mil 136 pesos es el valor de una camioneta Land Rover Discovery 2004, cuya forma de pago tampoco está identificada.

García Luna reclamó en su amparo que en esta investigación por enriquecimiento ilícito la FGR omitió considerar más de 8.9 millones de pesos de sus ingresos legales por la venta de tres propiedades y el cobro de dos seguros de separación individualizado.

Se trata de los seguros de separación individualizados, que cobró el 27 de diciembre de 2006 y el 3 de enero de 2013, al concluir sus respectivos encargos en la AFI y la SSP federal, el primero por 2 millones 793 mil 964 pesos y el segundo por 4 millones 249 mil 646 pesos.

Ambos fueron contratados por la FGR y la Secretaría de Gobernación con Metlife.

En cuanto a la venta de propiedades, se refiere a la casa que enajenó el 8 de agosto de 2009 a su hermana Luz María García Luna, en el Fraccionamiento Rincón de las Delicias, Segunda Privada de Diana sin número, en Cuernavaca, Morelos, por una suma de 880 mil 800 pesos.

Y también a dos lotes del Fraccionamiento Pedregal de las Fuentes, en Jiutepec, Morelos, que vendió el 18 de noviembre del mismo año a María de Lourdes Ramírez Rodríguez, por un total de un millón de pesos.

La suma de estos conceptos asciende a 8 millones 924 mil 410 pesos.

El exmando policiaco también alegó que, si bien la FGR dice que “no es posible identificar el origen de los recursos”, eso no significa que sean ilícitos. En su amparo, dijo que la Fiscalía pretende revertir en su contra la carga de la prueba, es decir, obligarlo a acreditar la legalidad del dinero, cuando es la autoridad la que debe probar su ilicitud.

La juez Ruiz, sin embargo, rechazó estos argumentos, pues expuso que los datos de prueba ofrecidos por García Luna deberán ser valorados en una audiencia de imputación y vinculación a proceso y no ahora.

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