En los últimos dos años la preocupación de los cuidados paliativos y de la atención al tratamiento del dolor se ha visto reflejada en iniciativas de ley para modificar la Ley General de Salud, presentadas el 29 de abril de 2021 por el Dip. Ismael Sánchez Hernández (PAN), el 5 de abril de 2022 por este escribidor (PAN) y el 27 de abril de 2022 por el Dip. Emmanuel Reyes Carmona (Morena). Esta semana se delineó el proyecto de dictamen que se presentará primero al pleno de la Comisión de Salud y de ser aprobado al pleno de la Cámara de Diputados.

Del estudio y análisis de las tres iniciativas, la Comisión considera en síntesis hacer las siguientes reformas y adiciones:

Precisar que el tratamiento integral del dolor, como parte de la salubridad general, es un componente importante de la atención médica integral, que considera las acciones de carácter preventivo, curativo, paliativo y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias; con lo que se supera el actual planteamiento restrictivo, en la ley vigente, respecto de que el tratamiento del dolor solo está considerado como parte de los cuidados paliativos para pacientes cuyo pronóstico de vida es menor a seis meses.  

Se establece que el tratamiento del dolor debe ser un derecho universal, por lo que debe estar al alcance de todas las personas, a todas las edades y para todas las enfermedades que así lo requieran. En particular para las personas que enfrentan enfermedades crónicas con cuadros de dolor crónico que reciban cualquier tipo de atención médica.

Se determina que la atención médica de carácter curativo, debe estar integrada por todas las medidas sustentadas en la evidencia científica y principios éticos encaminados a ofrecer posibilidades de curación de una enfermedad o traumatismo; y debe considerar cuando se requiera, el tratamiento del dolor con la garantía de la disponibilidad y acceso oportuno a medicamentos esenciales para el mismo. 

Se precisa que los cuidados paliativos son el cuidado activo e integral de las enfermedades graves que no responden a tratamiento curativo y que, entre otros, generan sufrimiento y dolor. Son aplicables en todos los niveles atención y durante el transcurso de la enfermedad, de acuerdo con las necesidades del paciente, tienen como fin mejorar la calidad de vida del enfermo; el control del dolor y de otros síntomas que provoquen sufrimiento, además de la atención de aspectos psicológicos, sociales y espirituales.

Se fortalecen los derechos de los pacientes enfermos en situación terminal para que, además de recibir cuidados paliativos, también reciban los medicamentos prescritos de forma oportuna; de acuerdo con los principios científicos y éticos que orientan la práctica médica y con pleno respeto sus derechos humanos y autonomía. 

Se norma que las instituciones del Sistema Nacional de Salud deberán garantizar la disponibilidad y acceso oportuno a medicamentos esenciales para el tratamiento de dolor y los cuidados paliativos, que podrán incluir opiáceos y los mecanismos para su uso seguro y adecuado.  

Se propone incluir el concepto de Cuidados de Soporte, mismos que serán aquellos que incluyen apoyo físico, psicológico, social y espiritual tanto a los pacientes como a sus familias con el fin de garantizar la calidad de vida de las personas.  

Finalmente se establece que, en el caso de los medicamentos controlados para el tratamiento del dolor, la Secretaría establecerá las disposiciones y mecanismos que permitan garantizar su disponibilidad y abasto necesario para el acceso oportuno. Además, que para el caso de los estupefacientes también establecerá un sistema de control que garantice la disponibilidad de sustancias controladas para fines médicos y científicos, y en particular para el tratamiento del dolor, en términos de las disposiciones legales aplicables. 

En los artículos transitorios se prevé la formación y actualización del personal de salud mediante programas de formación especializada en tratamiento del dolor, cuidados paliativos y de soporte.

Estimados lectores, de ser aprobado el dictamen propuesto, cierto estoy se contribuye a que la persona enferma como ser humano sea valorada en toda su dignidad, más allá de cualquier otra condición que pueda estar afectando su vida; así la atención paliativa se focaliza en las personas enfermas y se adapta a sus necesidades. Espero con optimismo que serán aprobadas las reformas propuestas este mismo año. Les mantendré informados.

MTOP

 

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