CIUDAD DE MÉXICO.-Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal confirmaron infracciones electorales por parte de la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, por participar en una conferencia de prensa en favor del candidato de Morena a la Gubernatura de Tamaulipas, Américo Villarreal.
Por unanimidad, los magistrados consideraron que la funcionaria capitalina incumplió con los principios de imparcialidad y neutralidad que deben de tener en todo momento los servidores públicos en funciones.
La sentencia de la Sala Superior confirmó una resolución en ese sentido de la sala regional especializada que ante queja del PAN determinó que Sheinbaum violó esos principios rectores en el proceso estatal al asistir a una conferencia de prensa durante la campaña del candidato morenista.
“(La sentencia) determinó que la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México incurrió en violación a los principios de imparcialidad y neutralidad y generó un beneficio electoral indebido al participar en una rueda de prensa en la que también intervino el otrora candidato a Gobernador de Tamaulipas Américo Villarreal, razón por la cual multó a este último y a los partidos que lo postularon”, señala la resolución.
“La sala especializada() atendió y aplicó adecuadamente la línea jurisprudencial y los criterios que esta Sala Superior ha emitido sobre la tutela de los principios de neutralidad e imparcialidad que deben regir la actuación de las personas en el servicio público”, indica el documento.
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Adán no infringió alguna ley En otra sentencia, y en contra de lo demandado por el diputado federal de Movimiento Ciudadano Jorge Álvarez, los magistrados consideraron que el Secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, no infringió ninguna norma electoral al participar en varios actos en Jalisco en julio del 2022.
Denuncia de MC en Julio
El diputado de MC denunció una reunión del funcionario con empresarios efectuada el 15 de julio y una conferencia impartida el 16 del mismo mes en el evento denominado Expo Guadalajara, Jalisco, así como también la presencia de espectaculares con la frase #AdanVa.
“La sala especializada actúa conforme a derecho al analizar exhaustiva e integralmente las expresiones que el servidor público federal pronunció durante el evento y concluir que no configuraron actos anticipados de campaña al no acreditarse el elemento subjetivo que dicha infracción requiere en relación con algún proceso electoral en específico”, señala la sentencia aprobada.
No es la vía para denunciar a funcionarios electorales En otra sentencia, los magistrados confirmaron el desechamiento de un recurso interpuesto por el ciudadano Luis Fernando Trejo Ramírez en contra de consejeros y magistrados electorales nacionales y locales, así como la Asociación de Tribunales Electorales de la República Mexicana y el ex presidente del IFE José Woldenberg .
El recuro en contra de esas personas, de acuerdo a datos proporcionados por el Tribunal, fue interpuesto “por la supuesta vulneración a los principios rectores de la función electoral, con motivo de la supuesta promoción, difusión y participación activa en el evento político denominado “Marcha por la Democracia”.
Lo correcto
Los magistrados confirmaron el desechamiento previo realizado por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE.
“Contrario a lo que se alega por la parte actora, la Unidad responsable sí se pronunció acerca de la improcedencia del procedimiento especial sancionador en contra de personas que ejercen la función electoral en las entidades federativas”, indica la sentencia aprobada a propuesta del Magistrado ponente, Felipe de la Mata.
“Y, por otra parte, las consideraciones de la unidad fueron jurídicamente correctas, pues ha sido criterio de este Tribunal que el procedimiento especial sancionador no es la vía para denunciar a funcionarios electorales”.
LGMD