Estados Unidos.- La Suprema Corte de Justicia rechazó invalidar hoy una reforma del Estado de México, impugnada por Morena, que permite a las coaliciones que buscarán la Gubernatura en junio acordar previamente el reparto de los puestos en el Gabinete, así como la agenda legislativa.

Sólo seis de los once ministros apoyaron una propuesta de su colega Yasmín Esquivel para anular la reforma del pasado 30 de septiembre al Código Electoral mexiquense, por lo que no se alcanzaron los ocho votos necesarios para invalidar.

La norma que seguirá vigente establece:

En el caso de coalición o candidatura común para postular personas candidatas a Gobernador o Gobernadora, los partidos que la integren podrán suscribir un acuerdo específico en el que se establezca la forma en que estos participarán en la integración de las dependencias del Ejecutivo y sus organismos auxiliares, así como en la definición de la agenda legislativa”, dice el nuevo artículo 74 Bis del Código derivado de una iniciativa de diputados del PAN.

La reforma también permite al Tribunal Electoral de la entidad resolver controversias derivadas del incumplimiento de los acuerdos pactados con base en el artículo 74 Bis.

Cuando la reforma fue aprobada en el Congreso estatal, diputados morenistas acusaron a la alianza PAN, PRI y PRD de querer “repartirse el botín” por anticipado.

“Esta intentona de matar la democracia incipiente en el Estado de México, nos dice que uno de los que ha venido haciendo campaña para ser candidato de la Alianza Va por México ya claudicó, y pide algo a cambio: dame la Secretaría de Finanzas o Desarrollo Urbano para construir residencias”, dijo durante el debate un diputado de Morena.

Lo anterior, en aparente alusión al diputado panista Enrique Vargas del Villar, que fue uno de los que presentó la iniciativa, y que la semana pasada anunció que apoyará a la priista Alejandra del Moral, candidata de la alianza Va por México, integrada por PRI, PAN, PRD y Nueva Alianza.

Según Morena, permitir estos acuerdos previos “rompe el modelo” previsto para las coaliciones de Gobierno en la Constitución del Estado de México.

Esquivel propuso retomar este argumento, pero no tanto direccionado hacia la Constitución estatal, que no puede ser el parámetro de control para una decisión de la Corte, sino hacia el 116 de la Carta Magna federal.

Dicho artículo ordena que los poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos.

La mayoría insuficiente de ministros consideró que la reforma para que las coaliciones repartan cargos y fijen agenda legislativa, violaría el principio de reserva de fuente, pues tendría que haber sido creada en la Constitución estatal, no en el código secundario.

En la minoría, varios ministros sugirieron que la impugnación se tendría que hacer ante la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, que es el que puede contrastar las leyes locales con la Constitución de esa entidad.

En otras dos votaciones previas, la Corte resolvió por mayoría que el Congreso estatal no invadió atribuciones federales al legislar sobre esta materia

Cabe mencionar que, desde 2014, la Constitución federal permite que el Presidente de la República acuerde con la Oposición para formar un Gobierno de coalición, pero esta figura no tiene que ver con las coaliciones que se pactan previamente a las elecciones.

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FRG

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