Guanajuato – El Pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas a la Ley de Fomento y Desarrollo Agrícola para el Estado de Guanajuato, para crear un Registro de Maquinaria e Implementos Agrícolas del Estado de Guanajuato.

Se indica que la Secretaría de Desarrollo Agroalimentario y Rural establecerá, operará y mantendrá actualizado el registro, el cual será obligatorio y funcionará como una herramienta de consulta para el diseño de programas y acciones; así como coadyuvar con las autoridades competentes en la investigación, prevención y sanción de conductas delictivas.

El registro será una herramienta de consulta para el diseño de programas y acciones FOTO: AM archivo.

¿En qué consiste este registro de maquinaria agrícola en Guanajuato?

Se agrega que el registro deberá contener datos de los propietarios o poseedores, documentos que acrediten propiedad, fotografías, ubicación por georreferenciación, número de identificación, entre otros datos que ayuden a la mejor identificación de la maquinaria e implementos.

Al hablar a favor de esta reforma, el diputado Víctor Manuel Zanella Huerta mencionó que la iniciativa fortalece los mecanismos de denuncia, ofreciendo al sector agrícola certeza del patrimonio de su maquinaria e implementos, donde la autoridad podrá tener al alcance una base de datos identificable y constantemente actualizada, para la colaboración y prevención de las actividades agrícolas.

Refirió que la agroindustria representa en Guanajuato el 17% del PIB estatal y en el último censo por parte del INEGI, estableció que en México el 51.5% de las unidades de producción agropecuaria cuentan con maquinaria, siendo el 6.8% maquinaria de nuestro Estado.

Zanella Huerta concluyó que con las reformas se tiene la posibilidad de tener una herramienta que ayudará a la prevención, regulación y dar certeza al patrimonio del sector agroalimentario. 

Destacó que el estar inscrito en este registro, servirá también para que los productores acrediten su propiedad, en caso de no tener documentos sobre esta maquinaria.

La reforma define la maquinaria agrícola como aquella maquinaria que tiene autonomía de funcionamiento, con motor de combustión u otros mecanismos que le permiten trasladarse por el campo para el desarrollo de actividades de producción agrícola y pecuaria.

PCCD

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