El Tercer Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México declaró infundada la queja con la que el ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) pretendía que fuera admitido el amparo que promovió para combatir esas pruebas en su contra

Ciudad de México.- Un tribunal federal desechó en forma definitiva el amparo con el que Emilio Lozoya pretendía anular los testimonios y videos de los interrogatorios a 8 exdirectivos de Odebrecht que lo acusan de recibir sobornos de la constructora brasileña, pruebas consideradas para su eventual juicio.

El Tercer Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México declaró infundada la queja con la que el ex director de Petróleos Mexicanos (Pemex) pretendía que fuera admitido el amparo que promovió para combatir esas pruebas en su contra.

El pasado 12 de abril, la Juez de amparo Sandra Leticia Robledo Magaña desechó inicialmente esta demanda de garantías, al estimar que la inclusión de esos testimonios para su eventual juicio no era un acto de imposible reparación porque puede combatirlos legalmente más adelante.

Lozoya impugnó el fallo a través de un recurso de queja y ahora, en un proyecto de sentencia del Magistrado Miguel Ángel Medécigo, el colegiado ratificó con unanimidad el criterio de la juzgadora.

“Tal como lo señaló la jueza de distrito en el caso, se actualiza la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción 23, con relación al artículo 107, fracción quinta, ambos de la Ley de Amparo, en tanto que los actos no son de imposible reparación, por lo que resulta legal el desechamiento de la demanda”, expuso Medécigo durante la sesión del Pleno.

En este amparo, el ex funcionario demandó la inconstitucionalidad del Tratado de Cooperación sobre Asistencia Jurídica Mútua entre México y Brasil por tres razones distintas.

La primera porque el documento no fue firmado por el titular del Poder Ejecutivo, sino por el Procurador General de la República, violando el artículo 89, fracción X, de la Constitución; segunda, porque el Tratado viola el principio de “Juez Natural”; y tercera, por transgredir los principios del Sistema Procesal Acusatorio.

Los testimonios y videos impugnados por Lozoya fueron entregados por la Procuraduría de Brasil, a través del Tratado binacional, en diversas solicitudes de asistencia jurídica.

Por eso, el ex director de Pemex atacó en su amparo dicho acuerdo internacional porque, de invalidarse, también quedarían sin valor legal las evidencias que Brasil aportó para la investigación del caso Odebrecht.

Las comparecencias, videos y transcripciones de los interrogatorios que Lozoya pedía anular para su juicio son los de Marcelo Bahía Odebrecht, ex presidente de la firma brasileña; Luis Alberto de Meneses Weyll, ex director de la filial en México; Luis Antonio Mameri, ex vicepresidente para América Latina y Angola; e Hilberto Mascarenhas Alves Da Silva, ex jefes del Departamento de Operaciones Estructuradas.

Además, los de Fernando Miglaccio Da Silva, ex jefes del Departamento de Operaciones Estructuradas; Olivio Rodrigues Junior “Gigolino”, operador financiero de dicho departamento; y Antonio Suárez Solís, apoderado en México; y Luis Eduardo Da Rocha Soares, operador financiero del Departamento de Operaciones.

Gerardo Alarcón López, Juez del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte, aprobó el pasado 10 de marzo la inclusión de estas pruebas en el eventual juicio de Lozoya.

En el caso Odebrecht, la FGR pidió condenar al ex funcionario a una pena de 46 años con 6 meses de prisión y el pago de una reparación del daño de 7 millones 336 mil 351 dólares.

No obstante, el juez de la causa anuló las pruebas clave de la FGR para el juicio, pues determinó que era ilegal toda la información financiera que entregó Brasil y Suiza a México para acreditar los supuestos sobornos de Odebrecht a Lozoya, porque no fueron obtenidos con orden judicial.

JFF 

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