Ciudad de México.- La Auditoría Superior de la Federación (ASF) presentó un amparo contra la absolución de Rosario Robles dictada en el proceso en que le atribuyen una supuesta omisión ante los desvíos de sus subordinados por más de 5 mil millones de pesos, en el caso conocido como la Estafa Maestra.
Derivado de esta demanda, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal suspendió el fallo que dictó el pasado 30 de noviembre en el que sobreseyó o canceló el trámite del proceso, con efectos de sentencia absolutoria, en favor de la ex Secretaria de Estado.
“Se recibe el escrito por el cual se promueve demanda de amparo directo en contra de la sentencia definitiva señalada, se suspende de plano la ejecución de la citada resolución y se ordena emplazar a las partes”, acordó el tribunal, el pasado miércoles.
El órgano que dirige David Colmenares, en su calidad de ofendido, interpuso la demanda de garantías para tratar de revertir la absolución y continuar el procedimiento penal contra Robles, el cual ya había pasado a la etapa de juicio.
El amparo será turnado a un Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Penal, para que en principio analice la admisión de la demanda y, en caso de aceptarla, lo asigne a la ponencia de un magistrado para que elabore el proyecto de sentencia.
A Robles le acusan por el delito de uso indebido del servicio público, al haber sido presuntamente omisa como titular de la Sedatu y la Sedesol, de 2012 a 2019, ante los desvíos que habrían llevado a cabo sus colaboradores y que ascendieron a 5 mil 73 millones 358 mil 846 pesos.
Tanto el juez como el tribunal de apelación que fallaron en favor de Robles sostienen un criterio que no es compartido por todos los tribunales y que considera que este tipo de hechos no son delito sino faltas que deben ser sancionadas por la vía administrativa.
La interpretación que hizo el juez para librarla del caso refiere que, conforme a la reforma de 2015 al artículo 109 constitucional, las únicas conductas de servidores públicos que deben ser sancionadas por el Código Penal Federal son los delitos de corrupción.
Y la conducta que le imputan a Robles fue reformada en 2016 y se convirtió en un delito de corrupción, ahora denominado ejercicio “ilícito” del servicio público. Por consecuencia, el ilícito atribuido a la ex funcionaria, al ser anterior a esta modificación, no está dentro del catálogo de los delitos de corrupción y no es delito.
JFF