León, Guanajuato.- El año pasado la Comisión Nacional del Agua (Conagua) clausuró 43 pozos en todo el estado, de los que 16 están en León, informó Vicente Zepeda López, director de la Conagua en el estado de  Guanajuato. 

Aunque no precisó cuántos son clandestinos, explicó que algunos se clausuraron por incumplimiento al título de concesión o por no contar con medidor

El funcionario precisó que en 2023 la Conagua hizo 133 visitas de inspección y se instauraron 103 procedimientos administrativos por incumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento, por lo que se impusieron multas por 18 millones 616 mil 428.22 pesos. 

“El año pasado se realizaron 23 visitas de inspección en León, dentro de las cuales se observaron o inspeccionaron 16 pozos o aprovechamientos de aguas nacionales, así como seis descargas de aguas residuales y 12 sitios de explotación u ocupación de bienes nacionales. 

Se clausuraron 16, no todos son clandestinos, a unos les faltó el medidor, los clausuramos pero es una clausura temporal, una vez que tengan el medidor, vamos y verificamos y levantamos la clausura”, afirmó. 

Zepeda López dijo que se desconoce el número de pozos clandestinos ya que solo a través de las denuncias es como la Conagua se da cuenta de ellos. 

Conagua hizo 23 visitas en León

Añadió que de las 23 visitas en León resultaron 18 procedimientos administrativos por incumplimiento a la Ley de Aguas Nacionales, por lo que se levantaron multas por tres millones 527 mil 522.28 pesos. 

En las 133 visitas de inspección en todo Guanajuato, detalló el funcionario, se inspeccionaron 63 pozos, 27 descargas de aguas residuales y 142 sitios de explotación y/u ocupación de bienes nacionales sin permiso

Como resultado de este operativo se clausuraron 43 pozos, se realizaron 30 clausuras de obra por explotación y/u ocupación de bienes nacionales sin permiso. 

¿Cuánto se paga de multa si clausuran un pozo en Guanajuato?

Indicó que el artículo 119 de la Ley de Aguas Nacionales enumera las faltas administrativas que cualquier particular puede cometer y el artículo 120 establece la sanción que puede ser de mil 950 UMAS a 26 mil, es decir, entre los 211 mil 711 pesos y los dos millones 822 mil 820 pesos

Zepeda aclaró que la Conagua no es la única autoridad que puede ejecutar actos de autoridad en materia hídrica ya que la Ley General de Bienes Nacionales en su artículo 149 y 150 establece como delito el mal aprovechamiento de las aguas nacionales. 

“Para nosotros es una conducta y la sancionamos como una falta administrativa, pero en materia penal ya es un delito, entonces la Fiscalía puede emprender las acciones que de acuerdo a sus facultades pueda realizar. 

“Le pedimos apoyo cuando vemos un usuario que es muy reincidente o si hay otra irregularidad que puede ser considerada como delito pues damos parte, pero la Fiscalía también recibe denuncias”, subrayó. 

AM

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