El término justicia transicional se refiere a un tipo especial de procesos para lidiar con violaciones graves a los derechos humanos cometidos por regímenes autoritarios. Aunque el concepto se remonta a los juicios de Nuremberg y de Tokio, tras la Segunda Guerra Mundial, este alcanzó mayor reputación después del fin del régimen del Apartheid en Sudáfrica y de los juicios contra las atrocidades cometidas por Slobodan Miloševic en la ex-Yugoslavia, así como del genocidio en Ruanda.
La idea es que estas violaciones ocurren en un contexto en el que, para todos los efectos, no existe un Estado de derecho, por lo que es complicado recurrir a un sistema judicial prácticamente inexistente con el fin de conseguir justicia para las víctimas. Se abre así la posibilidad de que, por medio de una serie de medidas judiciales especiales, se reparen los daños sufridos por las personas durante el período en que gobernó el régimen autoritario.
La pregunta que deberíamos hacernos es qué tanto aplica este modelo en México. Desde cierta perspectiva, podría decirse que sí es dable emplear la justicia transicional si tomamos la perspectiva de largo plazo. Ciertamente hubo violaciones a los derechos humanos por parte del Estado en nuestro país en el siglo XX, durante el período posrevolucionario, cuando no había instituciones verdaderamente democráticas y el régimen era autoritario. Hay que recordar que muchas de estas no fueron ni han sido procesadas por nuestro sistema judicial.
Ahora bien, desde fines del siglo XX hasta el 2018, México comenzó a fortalecer sus instituciones republicanas y su sistema de derechos humanos, lo que ha puesto un precio muy alto a la comisión directa de atrocidades por parte del Estado mexicano. Existe un debate sobre si durante la así llamada guerra contra las bandas del narcotráfico se cometieron violaciones sistemáticas y deliberadas a los derechos humanos por parte del Estado mexicano. Sobre esto hay que decir que ni el gobierno de López Obrador ni el sistema judicial mexicano ni organismos judiciales internacionales han probado que esto haya sido el caso. Esto no significa que no se deban realizar pesquisas sobre el asunto. Sin embargo, de acuerdo con el derecho internacional humanitario, un gobierno tendría responsabilidades no sólo por comisión sino por omisión. Ciertamente, se podría argumentar, prima facie, que el Estado mexicano es hoy culpable por omisión de la comisión de atrocidades cometidas por bandas del crimen organizado.
Ahora bien, poner en práctica el modelo de justicia transicional en México implica que el sistema judicial mexicano, tal y como existe, no podría impartir justicia en lo que se refiere a la posible comisión de atrocidades. Sin duda, ha llegado el momento de abrir un debate al respecto.
Por lo pronto, algunas cosas se pueden hacer. Habría que dotar de autonomía a la Comisión Especial de Atención a Víctimas y a la Comisión Nacional de Búsqueda. A la par, habría que trabajar más estrechamente con organismos internacionales como la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. También habría que refundar la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que hoy pasa por una gran crisis.
Lo que es cierto es que, ya sea por un proceso de justicia transicional o no, las incontables víctimas de atrocidades deben obtener justicia pronto.
HLL