El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) declaró como inoperante el agravio señalado por el candidato independiente a presidente municipal de Tulancingo, Pedro Canales Vega. 

Canales Vega impugnó los resultados en Tulancingo con el alegato de que su registro tardío como candidato creó una situación de inequidad, por lo que solicitó que la elección por el ayuntamiento fuera anulada.

En la impugnación presentada indica que las candidatas a la presidencia municipal tuvieron 40 días para hacer campaña y él sólo 10.

MENOS DÍAS DE CAMPAÑA

De acuerdo con el demandante, no contar con la misma cantidad de días para realizar proselitismo le habría afectado para la obtención de más de los 5 mil 7 votos que registró en la elección.

Al respecto, la magistrada Rosa Amparo Martínez Lechuga, a cargo del análisis y proyecto del caso, señaló que el agravio alegado por Canales Vega es inoperante debido a que cada una de las etapas del proceso electoral se van definiendo y dan certeza con la conclusión de la misma.

“No sería posible dentro del juicio regresar a revisar la etapa de registros para poder señalar u observar la cuestión que presenta el candidato”.

REGISTRO

El Instituto Electoral del Estado de Hidalgo (IEEH) negó en un primer momento el registro como candidato independiente a la presidencia municipal de Tulancingo a Pedro Canales Vega.

Por lo que el aspirante sin partido acudió a la instancia jurisdiccional, que tras revisar el caso determinó que debía otorgarse el registro correspondiente.

Al momento de otorgarse el registro, la etapa proselitista ya tenía varios días, por lo que Canales Vega mencionó en su escrito de impugnación que se habría generado inequidad al no contar con el mismo tiempo que las candidatas para hacer campaña.

Sin embargo, el TEEH determinó que los argumentos presentados no eran suficientes para anular los resultados y confirmó la victoria de Lorena García Cázares de Morena y Nueva Alianza Hidalgo.

La determinación legal fue votada por unanimidad.

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