Guanajuato.- La Sala Monterrey del Tribunal Electoral Federal revocó la sentencia que había recibido el ahora exdiputado Gerardo Fernández González, del PVEM, en la que consideró que ejerció violencia política de género contra la hoy diputada federal Cristina Márquez Alcalá, del PAN, por haberle dicho “caprichosa”.

Esto se dio porque los magistrados federales consideraron que la publicación hecha por Fernández González cuando era diputado local en sus redes sociales contra la panista se encuentra amparada en la libertad de expresión, porque no contiene elementos de género ni se afectaron los derechos políticos de la entonces diputada local.

Además, porque el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato no siguió la metodología para estos casos y erróneamente hizo su determinación.

El 19 de agosto pasado, el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato sancionó con una multa al entonces diputado local del PVEM e impuso medidas de reparación consistentes en la emisión de una disculpa pública, la publicación de una síntesis de la sentencia, tomar un curso sobre el tema y la inscripción en el registro estatal y nacional de personas sancionadas por violencia política de género en contra de las mujeres.

Esta sanción se determinó porque, cuando la panista Cristina Márquez era presidenta del Congreso, el 23 de febrero de 2023, retrasó tres horas el inicio de la sesión del pleno del Poder Legislativo para poder ir ella como invitada al informe anual del Fiscal Carlos Zamarripa.

Enojado por el cambio, además de reclamarle ese día en la sesión del pleno por el cambio de horario, el diputado Gerardo Fernández publicó tres veces en sus redes sociales que esto “se había llevado a cabo por un capricho de ella como presidenta del órgano legislativo”.

Esta frase fue la que los magistrados electorales consideraron como violencia política de género contra Márquez Alcalá, porque la infantilizó al señalarla como una persona que se guía por sus emociones y no por el raciocinio.

Confirman exoneración de Alejandro Arias

En la misma sesión de esta tarde de la Sala Monterrey del Tribunal Electoral Federal, se confirmó la sentencia que había emitido tanto el Tribunal Estatal Electoral el 11 de diciembre de 2023, como la misma Sala Monterrey, en la que se declaró inexistente la violencia política de género del diputado local Alejandro Arias Ávila, del PRI, contra Yulma Rocha Aguilar, cuando ella todavía era su compañera de esa bancada, en 2022.

La entonces diputada local Rocha Aguilar había denunciado en enero de 2023 a Arias Ávila ante el IEEG porque afirmó que le quitó una partida de 25 mil pesos al mes que recibía de la fracción del PRI en el Congreso y que administraba Arias Ávila como coordinador.

Esto, en represalia porque ella votó en contra de que la Guardia Nacional permanezca en las calles hasta 2028, a diferencia de cómo votaron los diputados del PRI locales y federales.

Ya en dos ocasiones pasadas, el tribunal local y el federal le habían dado la razón a Arias Ávila. En la sesión de este martes, sobre la acusación de Yulma, los magistrados consideraron correcta la decisión del Tribunal Estatal porque la diputada no demostró que tuviera derecho al dinero.

Y porque para resolver la impugnación de la ahora dirigente de Movimiento Ciudadano en Guanajuato, sí se realizaron las diligencias suficientes para verificar los hechos denunciados.

Alejandro Arias había apelado este asunto porque hace varios meses la Sala Monterrey ordenó mandarlo a la Contraloría Interna del Congreso para que determinara si procedía.

En la sesión de este martes, los magistrados federales sobreseyeron, es decir, se declararon improcedente esta apelación, porque no le afecta su esfera de derechos.

AAK

 

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