Más de un año después que la asamblea municipal de Acatlán aprobó dotar al síndico Roberto Leónides Escorcia Pérez de personal e insumos suficientes para desarrollar su trabajo, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) otorgó sentencia a favor a las peticiones del representante popular y revierte la determinación previa que hizo el TEEH.

La sentencia de dicha Sala revoca la emitida antes por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) que descartó vulneración a los derechos político electorales por parte de la alcaldía, cuando esta negó el apoyo de un asesor jurídico y otro contable para llevar a cabo las funciones del síndico de forma adecuada.

El 19 de marzo del año pasado, integrantes de la asamblea municipal aprobaron la contratación de los dos asesores, así como dotar de mobiliario de oficina, equipo de cómputo e impresión a Escorcia Pérez, junto con el espacio físico adecuado para sus labores.

Sin embargo, a la fecha el síndico cuenta con dicho espacio y equipo, pero no de los colaboradores que le apoyen en la asesoría de temas relacionados a sus funciones.

Por ello, el asambleísta presentó juicio ciudadano asentado bajo el expediente TEEH-JDC-074-2022 contra la alcaldesa de Acatlán Elizabeth Vargas Rodríguez, por la tentativa omisión de proporcionar un espacio físico, personal e insumos necesarios para el desempeño del cargo.

El TEEH determinó procedentes casi todos los puntos, excepto lo relacionado con el personal de asesoría, por lo que Escorcia López acudió a la Sala Regional Toluca del TEPJF, al estar inconforme con carecer del personal de apoyo a sus funciones.

En la sentencia emitida el pasado fin de semana, los magistrados adscritos a la Sala Regional Toluca determinaron que el propio cabildo aprobó la contratación de asesores, espacio, equipo e insumos, sin haber dado seguimiento completo a su propia determinación, lo que no tomó en cuenta en su respectiva sentencia el TEEH.

Respecto a las restantes demandas por parte del asambleísta municipal (espacio físico, equipo e insumos) la Sala Superior Toluca del TEPJF lo declaró infundado, al comprobar que ya estaba cumplido.

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