El gobierno de Hidalgo publicó restricciones sanitarias en 11 municipios con alta transmisibilidad de COVID-19, las cuales contemplan disminución de aforos a 70 por ciento.

Por tanto, la clausura o entrega de documentación de fin de curso deberá ser dentro del plantel educativo, en jardines o espacios abiertos, al respetar un aforo máximo de 70 por ciento, con tres invitados por alumno graduado. 

Además, la circular sugiere la suspensión de eventos extracurriculares de fin de curso de las escuelas. 

Las restricciones aplican en Atotonilco de Tula, Emiliano Zapata, Ixmiquilpan, Mineral de la Reforma, Pachuca, San Agustín Tlaxiaca, Tepeapulco, Tizayuca, Tula, Tulancingo y Zempoala, de acuerdo con la circular publicada en el Periódico Oficial de Hidalgo (POEH).

Por tanto, se disminuyen aforos en plazas comerciales, restaurantes, supermercados, tianguis, hoteles, salones de fiesta, de belleza, juegos infantiles, gimnasios, canchas deportivas, balnearios, cines, graduaciones o eventos de clausura de ciclos escolares, eventos masivos, centros religiosos, desfiles, peregrinaciones, ferias y fiestas patronales, casas de juego, bares, cantinas, antros, centros nocturnos y pueblos mágicos.

En el resto de los municipios de Hidalgo continuarán vigentes las medidas dictadas en la circular publicada en el Periódico Oficial de Hidalgo en el alcance seis de fecha 20 de marzo de 2022. 

En caso de mostrar un comportamiento epidemiológico al alza, las medidas se modificarán para proteger la salud de la población.

PLAZAS COMERCIALES Y TIENDAS DEPARTAMENTALES

a) Priorizar los servicios a través de plataformas digitales.
b) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad (uso estricto de cubrebocas en niños y adultos, toma de temperatura, sana distancia, ventilación e higiene de espacios y lavado adecuado de manos).
c) Se sugiere no acudan menores de 10 años.
d) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.

RESTAURANTES, BARES, COCINAS ECONÓMICAS Y DEMÁS QUE EXPENDAN ALIMENTOS DE CONSUMO EN EL LUGAR

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad.
b) Zonas de juegos infantiles a 70 por ciento de aforo.
c) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
d) Alimentos de venta en la vía pública con cumplimiento a las medidas de bioseguridad sanitaria y según el horario permitido por su municipio.

SUPERMERCADOS Y TIENDAS DE CONVENIENCIA

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad. 
b) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
c) Se sugiere no acudan menores de 10 años.
d) Habilitar un número suficiente de cajas de cobro para evitar aglomeraciones de salida.

MERCADOS Y TIANGUIS

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad.
b) Prioridad a tianguistas de Hidalgo.
c) Se sugiere no acudan menores de 10 años.
d) Cierre de establecimientos y actividades de acuerdo con el horario permitido por su municipio. 

HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS PARA HOSPEDAJE

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad. 
b) El servicio de alimentos debe cumplir con las medidas sanitarias que competen al giro de
restaurantes, bares y salones.

SALONES DE FIESTA Y SIMILARES

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad. 
b) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.
c) Todo evento deberá ser reportado previamente a la Copriseh para su autorización y
supervisión. 

SALONES DE BELLEZA, BARBERÍAS Y ESTÉTICAS

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad.
b) Priorizar la atención por cita.
c) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.

ELECTRÓNICOS Y ÁREAS DE JUEGO INFANTILES 

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad.
b) Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.

GIMNASIOS Y CLUBES DEPORTIVOS 

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad.
b) Asegurar la limpieza de equipo deportivo de uso común. 
c) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento.

DEPORTES PROFESIONALES, CANCHAS DEPORTIVAS Y CENTROS DEPORTIVOS 

a) Eventos deportivos profesionales y amateur con 70 por ciento de capacidad de espectadores.
b) Los deportistas y staff deberán cumplir con las medidas de seguridad sanitaria. 
c) Todo evento deportivo deberá ser reportado previamente a la Copriseh para su autorización y supervisión.

BALNEARIOS, PARQUES ACUÁTICOS Y CENTROS RECREATIVOS 

a) Aforo máximo de 70 por ciento.
b) Prohibido el consumo de bebidas alcohólicas fuera de restaurantes y bares. 
c) Horario de servicio será acorde a su licencia o autorización de funcionamiento. 
d) En restaurantes, bar y hospedaje al interior de los balnearios con las restricciones que competen a cada giro.

CINEMAS Y AUTOCINEMAS, TEATROS, MUSEOS Y EVENTOS CULTURALES 

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad.
b) Teatros y para eventos culturales deberán ser reportados previamente a la Copriseh para su autorización y supervisión.

GRADUACIONES O EVENTOS DE CLAUSURA DE CICLOS ESCOLARES

a) Se sugiere que la clausura o entrega de documentación de fin de curso dentro del plantel educativo sea en jardines o espacios abiertos, al respetar un aforo máximo de 70 por ciento, con tres invitados por alumno graduado. 
b) Se sugiere la suspensión de eventos extracurriculares de fin de curso de las escuelas. 
c) Mantener el cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad.

EVENTOS MASIVOS

a) Aforo máximo de 70 por ciento de la capacidad de las instalaciones. 
b) Mantener el cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad 
c) Todo evento deberá ser reportado previamente a la Copriseh para su autorización y supervisión. 

CENTROS RELIGIOSOS, IGLESIAS Y TEMPLOS

a) Aforo máximo de 70 por ciento de la capacidad dentro del templo en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad.
b) Celebración del culto preferentemente en los atrios y jardines de los templos.

DESFILES Y PEREGRINACIONES

a) Mantener el cumplimiento de las medidas de higiene y bioseguridad.
b) Todo evento deberá ser reportado previamente a la Copriseh para su autorización y supervisión.

FERIAS Y FIESTAS PATRONALES

a) Control del aforo de 70 por ciento máximo, en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad. 
b) Cierre de establecimientos y actividades de acuerdo con el horario permitido por su municipio u organizadores.
c) El servicio de alimentos debe cumplir con las medidas sanitarias que competen al giro de restaurantes. 
d) Todo evento deberá ser reportado previamente a la Copriseh para su autorización y supervisión.

CASAS DE JUEGO (CASINOS), BOLICHES Y BILLARES 

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad. 
b) Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.

BARES Y CANTINAS 

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad. 
b) Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.

ANTROS Y CENTROS NOCTURNOS 

a) Aforo máximo de 70 por ciento en cumplimiento a las medidas de higiene y bioseguridad. 
b) Horario de servicio será acorde con su licencia o autorización de funcionamiento.

PUEBLOS MÁGICOS

a) Los giros comerciales operarán con los aforos acorde a las medidas señaladas correspondientes a cada giro.

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