Ciudad de México.- El programa piloto del nuevo modelo educativo impulsado por la Secretaría de Educación Pública (SEP) tendrá que esperar.

El Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió una suspensión contra la entrada en vigor del programa piloto que la SEP pretendía poner en marcha en 960 escuelas públicas.

La suspensión fue concedida tras considerar que este Programa Piloto es inconstitucional, informó la organización Educación con Rumbo.

Dicho amparo fue radicado en el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, bajo el expediente 1457/2022.

El abogado constitucionalista Miguel Ángel Ortiz, representante de esta organización, sustentó que el artículo 28 de la Convención sobre Derechos del Niño establece que la educación que imparta el Estado debe realizarse en condiciones de igualdad, por lo cual, refirió que el Programa Piloto de la SEP es inconstitucional al establecer dos modelos de educación.

Un modelo para 960 escuelas públicas, el cual, de acuerdo con la argumentación jurídica, no cumple con el estándar de calidad, no cuenta con la certeza de los planes, programas y material educativo que servirán de base, además de que contó con capacitación para los maestros; frente a otro para el resto de escuelas públicas y privadas.

El abogado consideró que no existe justificación legal para que la SEP únicamente implemente este programa en escuelas públicas, por lo que el modelo que se aplicará a los niños de las 960 escuelas públicas es discriminatorio y se trata de un modelo “prueba-error”, el cual calificó de experimental y, por ende, inconstitucional, pues no garantiza la educación científica ni de calidad en condiciones de igualdad como lo establece la Constitución.

Paulina Amozurrutia, Coordinadora Nacional de Educación con Rumbo, consideró como una decisión valiente y sin precedentes del Poder Judicial que obliga a las autoridades a replantear la política educativa del País, a la luz de los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales en favor de los menores y a garantizar la participación y aprobación de la sociedad civil tal y como establece el artículo 135 de la Ley General de Educación, lo que en el caso del “nuevo modelo educativo” no sucedió.

Amozurrutia agregó que el amparo concedido es un logro inédito y relevante de la sociedad civil para garantizar el interés superior de los niños de México y asegurar una educación en condiciones de igualdad, sustentado en el método científico y libre de contenidos ideológicos.

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FRG

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