“Me place mucho el que a pesar de ser el presidente más atacado de los últimos 100 años la respuesta sea la libertad y no la censura”. 

Andrés Manuel López Obrador

El público no necesita que el gobierno lo proteja de la información o las opiniones en los medios de comunicación. Ese debe ser el fondo del debate sobre la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

Este 29 de agosto el pleno de la Suprema Corte derogó las modificaciones de 2017 a esta ley de 2014. Los ministros no consideraron el fondo, simplemente invalidaron las reformas por fallas en el procedimiento legislativo. La decisión ha sido interpretada de distintas maneras por medios y analistas. Algunos la vieron como un triunfo de la libertad de expresión; en realidad, es una derrota.

La invalidada reforma del 2017 tocaba tres artículos de la ley: el 256, el 259 y el 311. El 256 definía una serie de supuestos derechos de las audiencias como “recibir contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social y cultural y lingüístico de la nación” o “que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta”. El 259 establecía la obligación de los concesionarios de radio y televisión de tener “defensores de la audiencia”, pero permitía a los concesionarios designarlos ellos mismos, en contraste con la ley de 2014 que le daba esta facultad a la autoridad. El 311 establecía multas por la violación de las reglas.

Si bien la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión afirmó que el fallo de la Corte “protegió la libertad de expresión de la radio y la televisión mexicanas”, la verdad es muy distinta. Lejos de frenar “el intento de obligar a los concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia, y todo intento de sobrerregular a la radio y televisión mexicana”, el fallo trae consigo otra vez las restricciones de la ley de 2014. Esto implica que las autoridades podrán nombrar a un “defensor de las audiencias”, que funcionará como censor interno, y obligar a un juego imposible de distinguir entre opinión e información.

Estas reglas limitan la libertad de expresión y se aplican solo a la radio y la televisión abiertas. En los periódicos implicarían, por ejemplo, obligar a La Jornada a publicar artículos críticos de la Cuarta Transformación en aras de reflejar el pluralismo político del país. En redes sociales e internet sería imposible aplicarlas a menos de que se adoptaran medidas dictatoriales férreas, como las de China, Cuba o Nicaragua. Tampoco se pueden aplicar a la televisión de paga porque muchos de los informativos son extranjeros. ¿Se imagina usted la reacción si se pretendiera obligar a Fox News a llevar noticias positivas sobre Joe Biden o a CNN a difundir comentarios aprobatorios sobre Donald Trump? Solo la radio y la televisión abiertas tendrán esta censura.

Los medios libres garantizan pluralismo, pero no porque se les obligue a llevar todas las posiciones del espectro, sino porque la diversidad de medios permite leer, escuchar o ver posiciones distintas. Distinguir entre información y opinión puede ser una buena práctica, pero al final es muy difícil separar una de otra. El público, sin embargo, puede elegir. Tanto CNN como Fox News tienen líneas editoriales, igual que el New York Times y el Wall Street Journal. Es sano, en un ambiente de libertad.

Solamente en las dictaduras el gobierno asume el poder de decidir por el público o el lector. Pero en México no estamos en una dictadura. Debe ser el público el que decida. 

Dos Bocas

El Presidente reconoció ayer un incremento en el costo de Dos Bocas, pero “porque no se contemplaron originalmente equipos que se necesitan y se amplió el presupuesto”. La responsable, dijo, “es una mujer íntegra, honesta”. Quizá, pero desde un principio los especialistas advirtieron que el presupuesto era irreal. 

 

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