Pese a confirmar que el secretario de Relaciones Exteriores Marcelo Ebrard Casaubón violó el principio de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda por la gubernatura de Hidalgo, la Sala Superior del TEPJF modificó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que calificó como grave ordinaria la falta y dio vista al órgano interno de control de la dependencia federal.
Durante sesión pública este 10 de agosto la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió el juicio electoral SUP-JE-232/2022 para controvertir la sentencia del TEEH donde declaró existente la violación al principio de neutralidad e imparcialidad atribuida al secretario de Relaciones Exteriores.
El pleno explicó que el Tribunal local actuó conforme a derecho al determinar que aun cuando el servidor público asistió a un evento proselitista en día inhábil, se demostró que tuvo participación activa ya que en el pódium y sus redes sociales realizó manifestaciones y expresiones en apoyo al entonces candidato a la gubernatura de Hidalgo, Julio Menchaca Salazar, lo que se tradujo en un llamado al voto a su favor con lo cual vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad.
Sin embargo, la Sala Superior consideró que el TEEH carecía de atribuciones legales para calificar como grave ordinaria la falta, ya que su función se agotó cuando acreditó la infracción y la responsabilidad del actor; tampoco tenía atribución para dar vista respectiva al órgano interno de control de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Lo anterior, “ya que la Sala Superior ha sostenido que la obligaciones de las autoridades electorales tanto federales como locales en asuntos en los que se acredita una infracción por parte de un servidor público se limitan a dar vista a las autoridades competentes para imponer la sanción respectiva”, expusieron los magistrados. Por tanto, modificó la sentencia reclamada para dejar sin efectos la calificación de la gravedad efectuada por el TEEH.
El 15 de julio, el Tribunal Electoral del estado resolvió dos procedimientos especiales sancionadores en contra del secretario de Relaciones Exteriores, donde acreditó que violó el principio de neutralidad e imparcialidad y equidad en la contienda, al acudir a un evento de campaña, por lo que dio vista al órgano interno de la dependencia federal para sancionar al funcionario.
Los procesos en su contra derivaron de su asistencia el domingo 1 de mayo a un evento de campaña en Acatlán del entonces candidato a la gubernatura por Movimiento Regeneración Nacional (Morena) Julio Menchaca, donde el funcionario federal manifestó el apoyo al proyecto del ahora gobernador electo, por lo que vulneró los principios de neutralidad y equidad.