Hasta junio de este año 226 mil 916 personas se encontraban privadas de su libertad en México; de esa cifra, 92 mil 595 estaban en condición de prisión preventiva; es decir, casi la mitad de quienes se encuentran en centros penitenciarios del país carecen de sentencia.  

La estadística la presentó Luis Eliud Tapia Olivares con datos del Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional, en su texto sobre la prisión preventiva oficiosa en México, publicado en la revista Nexos.

El próximo 5 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación decidirá si continúa la prisión preventiva oficiosa dentro del sistema judicial mexicano, la cual se trata de una medida cautelar que se dicta en forma automática para personas acusadas de delitos considerados graves.

Entre esos delitos se encuentran abuso sexual de menores, feminicidio, homicidio, secuestro, trata de personas y algunos cometidos por funcionarios públicos como enriquecimiento ilícito o ejercicio abusivo de funciones.

Sin embargo, personas en contra de la medida señalan que vulnera los derechos a la libertad, el debido proceso y a la presunción de inocencia de las personas que enfrentan procesos legales.

En medio de la discusión, el presidente Andrés Manuel López Obrador consideró que la prisión preventiva oficiosa debe permanecer para evitar la corrupción tanto de jueces como abogados, pues al poner la decisión en los primeros de determinar la medida cautelar, criminales podrían sobornarlos o amenazarlos para incidir en ellos.

Entonces, para el presidente la forma de evitar la corrupción del sistema judicial es vulnerar los derechos de las personas sujetas a procesos penales, especialmente de aquellas que no pueden librar dicha medida por falta de defensa adecuada, porque en muchas ocasiones quienes cuentan con los recursos o las posiciones para maniobrar legalmente, consiguen, por ejemplo, reclasificación de delitos que les permite enfrentar las acusaciones en libertad.

En contraparte, también son conocidas las prácticas, especialmente policiales, en las que solo es necesario acusar a una persona, con mínimas o inexistentes pruebas, de un delito que incluya prisión preventiva oficiosa, para conseguir una vinculación y mantener a los sospechosos en prisión en lo que terminan las investigaciones que pueden demorar años.

Ya lo reprochó la exsecretaria de Gobernación Olga Sánchez Cordero, cómo es posible que el robo a casa habitación se encuentre entre los delitos que contemplan la prisión preventiva oficiosa; entonces tenemos que si alguien se mete a una casa a robar una tele, así, sin demora, estará en prisión en lo que termina lo que puede ser un extenso proceso judicial.

No se interprete aquí que defiendo criminales (guiño a la panista América Rangel), pero no considero que alguien sospechoso de robarse 2 mil pesos de un domicilio deba caer de inmediato en prisión (por lo demás hacinadas) junto con delincuentes que asesinaron, secuestraron o formaron parte del crimen organizado, por ejemplo. Además que nuestro sistema judicial está repleto de corrupción e irregularidades que mantienen encerradas a personas inocentes.

La discusión de la corte será, pues, si eliminan la prisión preventiva oficiosa pero la mantienen como una medida cautelar que deba determinarse con base en las circunstancias de cada caso que es, pienso, lo más apropiado. Habremos de ver.

ACLARACIÓN       
La opinión expresada en esta columna es responsabilidad de su autor (a) y no necesariamente representa la postura de AM Hidalgo

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