El 13 de abril de 2020, la Fiscalía inspeccionó cada uno de los 56 videos contenidos en un disco duro que le fue proporcionado por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), y el 4 de junio del mismo año, un día después de obtener la orden de un juez

Ciudad de México.- La Fiscalía General de la República (FGR) tuvo acceso a los videos de las presuntas torturas a implicados en el caso Ayotzinapa, 52 días antes de la existencia de una orden judicial para extraerlos de un disco, un requisito que en teoría es necesario para que una prueba sea legal en un juicio.   

El 13 de abril de 2020, la Fiscalía inspeccionó cada uno de los 56 videos contenidos en un disco duro que le fue proporcionado por el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), y el 4 de junio del mismo año, un día después de obtener la orden de un juez, volvió a acceder a ellos. 

Entre dichos videos se encuentran aquellos que son la base de las acusaciones y órdenes de aprehensión libradas por el delito de tortura contra seis exfuncionarios de la Procuraduría General de la República (PGR) y el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen, hoy CNI).   

Documentos judiciales a los que Grupo REFORMA tuvo acceso, establecen que el 13 de abril de 2020, Édgar Adrián Guirao Ortega, agente de la Policía Federal Ministerial (PFM), accedió a un disco duro Western Digital modelo My Book, de 2 terabytes, luego de que la fiscal María Elena Villanueva Ayón firmara una “carta de confidencialidad” ante el órgano de inteligencia.

La inspección se llevó a cabo en el piso 13 de la sede central de la FGR, en la glorieta de Insurgentes.

Después de tener acceso a los videos, el 3 de junio la FGR pidió la autorización judicial para extraer el material audiovisual al que ya había accedido, y al día siguiente un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Oriente otorgó la orden. 

El impartidor de justicia autorizó la intervención de comunicaciones, precisando que debía llevarse a cabo en los siguientes 30 días naturales, en las instalaciones centrales del CNI, en la alcaldía Magdalena Contreras.   

Consultados sobre el tema, autoridades de la FGR aseguraron que no era necesaria la orden judicial en la inspección inicial que llevó a cabo el agente federal, porque se realizó sobre una copia y no en el original del disco.

Además, dijeron que el control judicial se requiere para obtener evidencias de dispositivos como teléfonos o computadoras de particulares, no para los datos de prueba que son parte de los archivos del Estado mexicano, como pueden ser cualquier otro tipo de documentos.

Sobre la razón por la que pidieron la orden judicial, casi dos meses después, argumentaron que fue solicitada para extraer los videos del CD original, con la finalidad de verificar que precisamente correspondieran a los de la copia proporcionada inicialmente.

Cuestionados sobre si esta forma acceder a los videos pone en riesgo los futuros juicios contra los imputados, descartaron esa posibilidad.

Caso Ayotzinapa: Buscan interrogar a Encinas por 43

Un exjefe policiaco preso por su presunta implicación en la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa, pidió a una juez federal interrogar como testigos al subsecretario de Gobernación, Alejandro Encinas; al exfiscal del caso Iguala, Omar Gómez Trejo, y a los integrantes del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI).  

Leonardo Octavio Vázquez Pérez, extitular de la Secretaría de Seguridad Pública de Guerrero (SSPG), pidió sus comparecencias como parte de las pruebas con las que busca combatir la acusación por el delito de delincuencia organizada, por la cual está procesado.  

El excolaborador del exgobernador Ángel Aguirre presentó sus pruebas de descargo a Raquel Ivette Duarte Cedillo, jueza Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, nueva encargada del juicio contra los presuntos implicados en el caso Iguala. 

Las pruebas ofrecidas por Vázquez Pérez contemplan el interrogatorio a 11 personas, el requerimiento de 6 documentos, la realización de dos peritajes, la ampliación de la declaración del acusado y los careos que deriven de los testigos.  

De acuerdo con un oficio suscrito por la juzgadora, el procesado pretende interrogar a Encinas y a Gómez Trejo, así como a Alejandro Valencia Villa, Ángela María Buitrago Ruiz, Claudia Paz y Paz Bailey, Carlos Martín Beristain y Francisco Cox Vial, integrantes del GIEI.  

La juez Duarte Cedillo no giró los citatorios y le dio un plazo de 15 días al procesado para que aclare los hechos que pretende precisar en los interrogatorios y justifique su pertinencia.

“No se precisó de dónde derivan los testimonios en comento y el hecho que pretenda dilucidar o tratar con los citados atestes, menos aún los puntos sobre los cuales pretende que sean desahogados los peritajes que solicita, ello, toda vez que únicamente se limita a citar los medios de prueba”, dijo la juez.   

Por tanto, resulta pertinente requerir al oferente de las citadas pruebas, a fin de que, dentro del plazo común de quince días concedido a las partes para que ofrezcan pruebas, contado a partir de que se entere de la presente determinación, precise el objeto y conducencia de las pruebas en comento; además, deberá indicar, de manera detallada el hecho o punto a dilucidar por los atestes referidos”.  

JFF 

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