Enajenar, usar, monetizar o destruir los bienes que la autoridad judicial determine como recuperados, son solo algunas de las tareas del Instituto Hidalguense para Devolverle al Pueblo lo Robado (Indep). Conoce las demás facultades del órgano descentralizado de nueva creación.

Este martes las y los diputados aprobaron la expedición de la Ley para la Administración y Destino de Bienes Asegurados, Abandonados, Decomisados y Extinción de Dominio del Estado de Hidalgo, enviada por el gobernador Julio Menchaca Salazar el pasado 15 de noviembre.

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Con ella también se avaló la creación del Instituto Hidalguense para Devolverle al Pueblo lo Robado, que proviene del organismo federal descentralizado creado en 2018 como uno de los estandartes de la llamada cuarta transformación a cargo del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Dicho instituto será el facultado para administrar, enajenar, usar, monetizar, dar destino o destruir directamente los bienes, activos o empresas que le sean transferidos.

¿QUÉ FUNCIONES TENDRÁ?

De acuerdo con la iniciativa enviada por el mandatario estatal, dicho instituto es el encargado de administrar los bienes asegurados y decomisados en los procedimientos penales, los recibidos en donación en pago para cubrir toda clase de créditos a favor del gobierno del estado.

Incluso, los que pasen a ser del fisco estatal o hasta los títulos, empresas, valores, activos y demás derechos que sean susceptibles de enajenación.

Sin embargo, los bienes que sean perecederos o de difícil mantenimiento para el ente gubernamental podrán ser vendidos o destruidos, de acuerdo con los ordenamientos jurídicos.

Cabe señalar que el Indep será vigilado por una junta de gobierno que estará conformado por la persona titular de la secretaría de Finanzas Públicas de Hidalgo y de la Procuraduría General de Justicia de la entidad.

Además de la presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJEH) y el secretario de Gobierno.

La dirección del organismo descentralizado correrá a cargo de la persona que determine el titular del Poder Ejecutivo con visto bueno de la junta ya conformada.

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