Ciudad de México.- Para construir la terminal de la Línea 3 del Cablebús, ocho árboles fueron derribados dentro del Bosque de Chapultepec, a pesar de estar prohibido.
Al interior del Centro Cultural Los Pinos, en la Primera Sección de Chapultepec, seis ejemplares fueron retirados, salvo las raíces que permanecen con los tocones.
A otros dos árboles, que tenían más de 20 metros de altura y 40 centímetros de diámetro en el tronco, les fue retirada por completo la copa, cortadas todas las ramas y los fresnos aguardan para ser tumbados.
Los ejemplares eran parte del jardín contiguo a las oficinas administrativas del Cuerpo de Guardias Presidenciales, situado al lado de la Casa Lázaro Cárdenas, en Los Pinos.
De acuerdo con las leyes, está prohibido suprimir árboles en Chapultepec. Esto por ser Área Natural Protegida (ANP) y Área de Valor Ambiental, decretada así por el entonces Jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador.
En tanto, por decreto federal de 1992, el Bosque de Chapultepec es una ANP.
“Por ser de utilidad pública e interés social, se declara Área de Valor Ambiental del Distrito Federal, bajo la categoría de Bosque Urbano, la superficie conocida como Bosque de Chapultepec”, ordena otro decreto del 2 de diciembre de 2003.
Este decreto fue suscrito, además, por Claudia Sheinbaum cuando era Secretaria de Medio Ambiente.
“La autorización para el derribo, poda o trasplante del arbolado en suelo de conservación, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas, se limitará a medidas fitosanitarias o de prevención de incendios”, establece la Ley Ambiental de Protección a la Tierra.
La tala de árboles puede ser aprobada por la Secretaría de Medio Ambiente (Sedema), previa autorización de impacto ambiental.
“Las dependencias, órganos desconcentrados, alcaldías y entidades estarán obligadas a prever los efectos sobre el medio ambiente y el medio urbano que pueda causar la ejecución de la obra pública, con sustento en los estudios de impacto ambiental”, ordena la Ley de Obras Públicas.
En los reportes de las Secretarias de Obras y Servicios (Sobse) y de Medio Ambiente no figura la autorización de impacto ambiental.
“Se prohíbe la ejecución de cualquier clase de construcciones en las tres secciones del Bosque, solamente podrán realizarse en él, aquellas que requiera la Delegación para optimizar su uso y conservación”, cita el reglamento vigente del Bosque de Chapultepec.
JFF