Celaya, Guanajuato.- El nuevo Reglamento de Delegados Municipales de Celaya contempla que las comunidades con más de 7 mil habitantes sean villas por lo que San Miguel Octopan, Rincón de Tamayo y San Juan de la Vega podrían tener este título. 

El síndico y presidente de la comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal, Carlos Ruiz, explicó que este cambio sólo implica la modificación en la terminología, ya que el Municipio seguirá como proveedor de servicios

Se abrogó el anterior reglamento y se está creando este nuevo Reglamento de Delegados Municipales de Celaya que cambia gran parte de la estructura, ya que con las nuevas modificaciones a la Ley Orgánica Municipal tenemos que armonizar nuestro reglamento”, explicó el Síndico. 

Entre las modificaciones más relevantes es que las comunidades con más habitantes y que cuenten con servicios públicos podrán cambiar su nombre a villas.

Tenemos 65 comunidades de las cuales, de acuerdo a la población y la calidad de servicios públicos, tres pueden acceder a un término nuevo que es villa”, señaló.

¿Qué es una villa?

La Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato establece en su artículo 22 que una villa será un centro de población cuyo censo arroje más de 7 mil habitantes y los servicios de: agua potable y alcantarillado, energía eléctrica, alumbrado público, calles pavimentadas, servicios médicos, Policía Preventiva, mercado, panteón, lugares de recreo y para la práctica del deporte y centros de educación preescolar, primaria, secundaria y media superior.

fmancera@am.com.mx

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