León, Guanajuato.- Antes del 20 de diciembre deberá realizar el pago del aguinaldo. Toda persona que labore por base, confianza, planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado tiene derecho a esta prestación.

Los términos para poder recibirlo están expuestos en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

El monto a recibir es de 15 días de salarios, se toma en cuenta el monto por día en caso de que sea fijo; para los de comisión es el ingreso promedio en los últimos 30 días.

No importa el tiempo que la persona estuvo laborando para alguna empresa o patrón, en caso de que se tenga menos del año se da el monto proporcional.

Dicha prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes, que se rigen por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Los trabajadores que no tienen derecho a esta prestación son los que fueron contratados por honorarios.

El pago deberá realizarse en efectivo, no está permitido que se cubra con mercancía, vales o productos.

En el caso de trabajadores que estén en lapso de incapacidad por maternidad o paternidad no deben contar con un descuento en su aguinaldo, estos días deben ser contados como trabajados.

Si no se cumple con el pago en tiempo y forma, el trabajador deberá denunciarlo a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, misma que interpondrá la demanda respectiva ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

LALC

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