León, Guanajuato.- Los pagos de servicios hospitalarios, colegiaturas, intereses hipotecarios son algunos de los gastos que pueden deducir.
En abril las personas físicas deben presentar su declaración de impuestos, para quienes están en el régimen de sueldos y salarios.
Explicó José de Jesús Heziquio Martínez Vargas, presidente del Colegio de Contadores Públicos de León,
Detalló que en el apartado de personas físicas se consideran también quienes están en el régimen de honorarios, con actividad empresarial y arrendamiento son los principales.
El especialista señaló que cada régimen es diferente, de ahí la importancia de que sean asesoradas por un Contador Público.
Señaló que en el caso de sueldos y salarios, son aquellas personas que están sujetas a una relación laboral. Los trabajadores pueden presentar su declaración, para lograr una devolución a favor.
De manera general se pueden considerar seis apartados entre los que se encuentran: gastos hospitalarios, dentales, colegiaturas, hipotecas, servicios funerarios, transporte escolar y ahorro en Afores.
Solo hospitalización
Martínez Vargas, precisó que los gastos médicos deben estar relacionados con una hospitalización, únicamente.
En el caso de las colegiaturas, solo se puede hacer deducible una vez ya sea por el padre o la madre. Refirió que la Ley contempla que pueden ser desde primaria hasta bachillerato, también pueden incluir a familiares de línea directa, hijos, nietos y padres.
El tope que se tiene previsto va de los 10 a 15 mil pesos, cifra que consideró debe actualizarse.
No podemos hacer deducible la colegiatura del esposo, hermano, menos de otras personas”.
Advirtió que los únicos movimientos que son aceptados, son aquellos que cuentan con factura, y son pagados a través de una operación bancaria, solamente. De pagarse en efectivo, olvídelo no es deducible.
En el caso del interés hipotecario se toma en cuenta el interés real, de los pagos mensuales se debe diferenciar el real. Que se genera restando la inflación al pago.
Entre los gastos personales se consideran los gastos funerarios, que debe ir respaldada con su respectiva factura.
Otro importante es el pago del transporte escolar cuando es obligatorio, se puede hacer deducible de impuestos.
Por último, están los ahorros voluntarios destinados al Afore se consideran entre los gastos personales deducibles.
Son necesarios los contadores públicos
Determinar impuestos es un cálculo complicado, y es necesaria la asesoría de un profesional.
Señaló José de Jesús Heziquio Martínez Vargas, presidente del Colegio de Contadores Públicos de León.
Esto a pesar de que la autoridad considera que no son necesarios los profesionales enfocados en la contabilidad.
“No todo lo deducible va con CFDI, por ejemplo las pérdidas. Las declaraciones fiscales tienen complejidad”.
Al detalle, tipos de régimen
- Sueldos y salarios
- Honorarios
- Actividad empresarial
- Arrendamientos
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LGMD