León, Guanajuato.- Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales, así como gastos hospitalarios e incluso medicamentos incluidos en las facturas de los nosocomios se pueden deducir al momento de hacer la declaración anual.

Sin embargo, no son los únicos conceptos que las personas físicas que presenten su declaración anual pueden deducir, informó el SAT.

Los honorarios a enfermeras, análisis o estudios clínicos, prótesis, compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente, así como lentes ópticos graduados y primas por seguros de gastos médicos pueden deducirse, añadió la dependencia en un comunicado. También son deducibles los gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50 % de la capacidad normal, siempre que tenga el certificado o constancia expedida por las instituciones públicas.

Recordó que las personas físicas que obtienen ingresos por honorarios, sueldos y salarios, arrendamiento y actividad empresarial y/o profesional, pueden deducir esos gastos en la declaración anual de abril.

Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables del ejercicio fiscal, lo que en algunos casos permite obtener una devolución.

Estos gastos son deducibles para el contribuyente o, en su caso, para familiares directos que no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual, precisó el SAT.

SM

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