Guanajuato.– Si hoy me despiden, ¿cuánto es lo que me deben entregar como finiquito?
Esta pregunta es recurrente tanto entre trabajadores como en personas que acaban de perder su empleo. En AM te ayudamos para que sepas cuánto es lo que por ley te corresponde como finiquito.

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En un despido tanto justificado como injustificado, lo mínimo que te deben entregar como parte de tu finiquito es la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, de acuerdo al tiempo que hayas trabajado en la empresa.

La contadora Mariana González Lira explicó que la justificación de un despido se define en base al reglamento de la compañía, ya que “ahí se dice qué causas pueden ocasionar un despido”.

Independientemente de las razones del despido, se debe pagar la parte proporcional del aguinaldo tomando en cuenta desde el primer día del año en curso, hasta la fecha del despido.

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Para el pago de vacaciones, que se calculan con base en la antigüedad; el salario diario se multiplica por los días correspondientes a las vacaciones.

La Ley Federal del Trabajo detalla los días de vacaciones que corresponden por año trabajado. En el primer año corresponden 6 días, para el segundo año se incrementan a 8 y así sucesivamente hasta el quinto aniversario. A partir del quinto año la acumulación de días se va espaciando. 

La prima vacacional es el 25% de lo calculado en las vacaciones anuales que corresponde. 

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¿Qué procede en caso de un despido injustificado?

Cuando se trata de un despido injustificado se deben considerar además 90 días de indemnización correspondientes a tres meses de sueldo tomando como baseo el salario diario. 

Si el trabajador tiene más de 15 años trabajando en la empresa además se considera una prima de antigüedad, que son doce días por cada año trabajado. 

Pero este importe está topado a 2 UMAS, el valor vigente de la UMA es de 89.62, lo que significa que la base del cálculo es de 179.24, no el salario diario. La prima de antigüedad se debe entregar independientemente de si es un despido justificado o no, siempre que el trabajador tenga al menos 15 años en la empresa.

“Aquí es donde la gente se confunde pensando que van a recibir más dinero”, explicó González Lira.

La contadora señaló que con la pandemia y el aumento de despidos en las Juntas de Conciliación Arbitraje optaron por la negociación, porque nadie quería tomar la responsabilidad al ser un evento extraordinario, ya que en la Ley del Trabajo no se considera una pandemia.

MCMH

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