Guanajuato capital.- El abogado Roberto Saucedo Pimentel ganó un amparo que interpuso contra el hecho de que el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción no presentó una denuncia ante el Poder Judicial y la Fiscalía Anticorrupción por el caso del sobrino de Elías Villegas Torres, quien mató a un guardia de seguridad de un antro y no pisó la cárcel.
“El día de ayer, es notificada la sentencia, en donde se me concede el amparo y protección de la Justicia de la Unión, para el efecto de que el citado Comité de Participación Ciudadana, vuelva a darme respuesta fundando y motivando adecuadamente la misma”, dio a conocer a medios de comunicación.
El 28 de mayo de 2017, Juan Omar Ramírez Villegas persiguió al guardia de un antro en el estacionamiento del lugar, lo encontró, lo mató de cuatro balazos, dos de ellos en la cabeza y dos en la parte de atrás del cuello.
A pesar de eso, tres años y seis meses después, el 23 de noviembre de 2020 y a pesar de haber confesado ser el autor de lo que la jueza Gabriela Pinedo Amador clasificó como homicidio simple, Juan Omar sólo recibió una condena de tres años de trabajo a favor de la comunidad. Nunca pisó la cárcel.
Por este caso, el abogado Roberto Saucedo, en mayo de 2021, presentó al Comité de Participación Ciudadana, escrito de denuncia para que lo hicieran suyo y presentaran denuncia ante el Poder Judicial del Estado, y ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, por el trato privilegiado que recibió el sobrino nieto Elías Villegas Torres.
Ante tal solicitud, cuatro de los cinco integrantes del comité de participación ciudadana tomaron la decisión de no denunciar, argumentando que no estaba dentro de sus facultades, ya que ellos sólo se constreñían a las atribuciones que se establecen en la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción.
Solamente hubo un voto a favor de su solicitud, que es la del actual presidente Julio César Rodríguez Fonseca. La única decisión que tomaron el resto de los integrantes fue tomar su escrito y enviarlo a las autoridades ante las que se les pidió presentar denuncia.
Ante esta negativa, el 8 de junio de 2021 Roberto Saucedo Pimentel presentó demanda de amparo que fue admitida por el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, bajo el número de expediente 464/2021.
Una vez emplazado el Comité de Participación Ciudadana, se engarzaron en un litigio y concretamente la defensa de este Comité fue la siguiente:
Qué el Comité de Participación Ciudadana no es autoridad, ya que se trata de un grupo de ciudadanos que prestan sus servicios en diseñar políticas anticorrupción y nada más.
- Que ellos no están facultados para presentar denuncias penales o administrativas.
- En su comunicado a los periodistas, el abogado destacó que más allá de los alcances de esta sentencia, los precedentes más relevantes que se derivan de esta son los siguientes:
El Comité de Participación Ciudadana a pesar de su denominación, tiene el carácter de autoridad y en consecuencia sus actos se encuentran en una relación de supra a subordinación con los ciudadanos que interactuamos con ellos.
Con el carácter de autoridad que tiene el Comité de Participación Ciudadana, sí puede violar derechos humanos en perjuicio de los gobernados tal y como ocurre en este caso, al violarse el principio de legalidad al emitir una respuesta sin fundamentación y motivación.
“Hasta este momento, el criterio de no asumir un rol más activo en el combate a la corrupción, sigue estando presente en cuatro de los cinco integrantes, es decir, no se atreven a denunciar, argumentando una interpretación letrística de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción.
“Siendo que la denuncia es una herramienta indispensable para combatir este flagelo, por lo que será de mucha interés, conocer si cambian de parecer o insisten en mantenerse en la zona de confort en que se encuentran la mayoría de los integrantes”, concluyó Roberto Saucedo.
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AM