Guanajuato.- El Consejo General del IEEG aprobó la sustitución de Fernando García Valtierra por su hijo el exregidor Julio César García Sánchez como candidato a regidor número 2 en la planilla de Jorge Rodríguez Medrano como candidato a Presidente Municipal de Morena en Guanajuato capital.
García Sánchez fue condenado en 2018 a pasar un año y ocho meses en prisión por haber cometido violencia intrafamiliar contra su novia, pero no pisó la cárcel, sino que recibió el beneficio de la conmutación de la pena por otra acción. A la fecha, ya cumplió con su sentencia.
Por lo cual el IEEG determinó que cumple con los requisitos de elegibilidad.
En marzo de 2016, el entonces regidor fue separado del cargo para ser investigado por la entonces Procuraduría de Justicia del Estado por ejercer violencia intrafamiliar y golpear a su novia, quien lo denunció penalmente. Pero solo estuvo separado dos meses en esa primera ocasión.
El 28 de julio de ese año, la Procuraduría General de Justicia del Estado solicitó al Congreso del Estado iniciar un juicio de procedencia, es decir, desaforarlo.
El 16 de diciembre de ese año, el Congreso del Estado desaforó, por mayoría, al regidor perredista del municipio de Guanajuato, Julio César García Sánchez.
De esta manera, García Sánchez pudo enfrentar a la justicia por el delito de violencia intrafamiliar que se le imputa. Por el desafuero, ya no regresó a terminar su periodo como regidor, el cual concluyó el 9 de octubre de 2018.
Aprueban candidatura de Julio César García Sánchez
La aprobación del cambio de candidato a regidor en la sesión del Consejo General del IEEG se dio en unos minutos, sin discusión. Fernando García Valtierra es el padre de Julio César García Sánchez.
En el acuerdo aprobado se establece que el 27 de mayo ingresó el oficio presentó escrito de renuncia. Ese mismo día se requirió al partido para que presentara al nuevo candidato, que es Julio César García Sánchez.
En el acuerdo aprobado se informó que se solicitó información al Consejo del Poder Judicial sobre si esta persona no se encuentra en el supuesto del artículo 38, fracción VII de la Constitución Política Federal que establece: Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por la siguiente razón:
Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual.<
“Por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
“En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”.
La respuesta del Consejo del Poder Judicial fue que en la búsqueda en la base de datos del mismo, no se encontró registro de Julio César García Sánchez en los supuestos prohibidos por la Constitución Federal y local ni en los Lineamientos para que los partidos políticos y candidaturas independientes prevengan, atiendan, sancionen reparen y erradiquen la violencia política-electoral contra las mujeres en razón de género, emitidos por el IEEG.
Pero no se autorizó la reimpresión de las boletas electorales.
AM