La Comisión de Derechos Humanos del Congreso local aprobó la creación de una nueva Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas, que no será para castigar este delito que ya existe en el Código Penal, sino para prevenirlo.
El diputado panista Alfonso Ruiz Chico, quien presentó la iniciativa el 14 de marzo de 2013, explicó que contempla cinco aspectos principales:
Se creará un fondo para las víctimas y la obligación de darles apoyo. Se creará la Fiscalía Especializada en Trata de Personas, que formaría parte de la Procuraduría de Justicia.
Darle información a hoteleros y dueños de bares para que identifiquen este problema y explicarles cuáles son las situaciones que incurren en trata de personas y qué hacer cuando se dé en estos lugares.
Crear la posibilidad de dar la alerta ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Instituto Nacional de Migración para que los demás Estados puedan colaborar en el combate a esta práctica. La alerta la daría la Secretaría de Seguridad Pública del Estado.
Se creará una comisión estatal cuya función será la de definir estrategias de combate y supervisión de acciones.
Conformación de un consejo interinstitucional en el que participarán Ayuntamientos, Procuraduría de Derechos Humanos y Procuraduría de Justicia, el cual fijará las políticas públicas y acciones para erradicar este delito.
“Los elementos del tipo (del delito de trata) no se tratan en esta ley, es preventiva”, aclaró Ruiz Chico.
Comentó que el año pasado la Procuraduría de Justicia informó en un panel que había 15 denuncias sobre trata de personas en el Estado, pero muchas personas no denuncian por miedo.
Al detalle
Delito de trata de personas en el Código Penal
– Artículo 179-a. “Comete el delito de trata de personas quien induzca, procure, permita, favorezca, reclute, retenga, acoja, promueva, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba para sí o para un tercero, a una o más personas para someterlas a cualquier forma de explotación, ya sea de carácter sexual, o de trabajos o servicios impuestos, o con la intención, contra su voluntad, de la extracción de órganos, tejidos o componentes”.
– Artículo 179-c. Al que cometa el delito de trata de personas se le aplicarán: I. De ocho a dieciséis años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa.
am.c