Guanajuato.- Los diputados de Guanajuato realizaron ayer una sesión extraordinaria para endurecer los castigos contra la delincuencia.

Con las reformas aprobadas, se considerará robo calificado cualquiera en que se utilicen armas.

En estos casos, la pena de prisión aumentará de cinco hasta ocho años para quienes los cometan y sean detenidos.

Todas serán consideradas armas

El dictamen aprobado durante la sesión extraordinaria  establece además que se considerarán armas no sólo aquellas de fuego, sino todas.

La reforma señala que también se calificarán como armas aquellos instrumentos “que, por su elaboración original o por su adecuación artificiosa, sean de potencial lesividad y se les dé igual aplicación que a aquéllos”.

El diputado obrero priista Hugo Varela recordó que la propuesta había sido de su partido y aceptó que se trata de una medida desesperada para frenar la delincuencia.

Castigo al ‘halconeo’

“Reitero que no necesariamente somos de la idea de que a mayor pena menor incidencia; pero es tan urgente reducir la incidencia de robos en Guanajuato, que de momento no tenemos otra opción mejor qué proponer”, reconoció en la tribuna.

El otro mensaje para la delincuencia fue el incremento de las penas para particulares o funcionarios que faciliten información a la delincuencia.

El llamado “halconeo” será a partir de ahora castigado con penas de 3 hasta 9 años de prisión cuando el responsable sea un funcionario.

Además, si está ligado a funciones de seguridad o procuración de justicia, la sanción aumentará hasta 13 años, resolvieron los diputados.

Aprueban hasta 13 años de prisión por “halconeo”

Por unanimidad, el pleno del Congreso local aprobó reformas al Código Penal del Estado para tipificar como delito el “halconeo” y establecer sanciones de hasta siete años de prisión cuando sea cometido por un ciudadano, nueve años cuando se trate de un funcionario público y 13 cuando se trate de un ex funcionario. 

En el caso de que el delito sea cometido por servidores públicos, la iniciativa también establece que serán destituidos e inhabilitados. 

Halconear es “un concepto que hace referencia a actividades de acechar, vigilar, alertar o recolectar información, todo ello con el objetivo de facilitar la comisión de delitos, además de dificultar o incluso impedir el funcionamiento de la actividad de las instituciones de seguridad pública.

Por medio de dicha actividad, las redes del crimen organizado pretenden obtener información privilegiada, con el fin de utilizarla para conocer y avisar a terceros la ubicación y movimientos de los operativos en su contra”, señala la reforma al Código Penal aprobada este miércoles.

 

La diputada Cristina Márquez Alcalá, presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso local, dijo que la delincuencia ha optado por cooptar a personas para que éstas reúnan información privilegiada, que los criminales usan para cometer delitos y esto también entorpece o impide el trabajo de las instituciones de seguridad y justicia.

Estos traidores no pueden estar libremente por las calles, poniendo en riesgo a más personas y convertidos ya en deleznables tentáculos del monstruo de la delincuencia”, afirmó durante la sesión en la que se aprobó la iniciativa.

Márquez Alcalá precisó que con esta nueva redacción, la pena podrá alcanzar 13 años. Además, dijo se contemplan penas que pueden llegar a superar los 10 años de prisión, no sólo para los que informen, sino también para los que pretendan obtener información sobre las actividades de los servidores públicos en el ámbito de ejecución de penas, seguridad pública, procuración o administración de justicia, con el objetivo de cometer crímenes o entorpecer el trabajo de estas instituciones.

La diputada Cristina Márquez Alcalá, presidenta de la Comisión de Justicia.

Finalmente, destacó que la reforma planteada pretende brindarle a la sociedad guanajuatense una herramienta jurídica efectiva para castigar el “halconeo”, además de enviar un mensaje en el sentido de que quienes traicionen la confianza de los ciudadanos y de las instituciones enfrentarán todo el peso de la ley.

Al detalle

  • Si es servidor público: tres a nueve años de prisión y de 30 a 90 días de  multa, destitución e inhabilitación por un tiempo similar a que permanezca en prisión. 
  • Si es integrante de institución de seguridad pública, procuración o impartición de justicia, o de ejecución de penas: Se aumentará hasta con una mitad del máximo (hasta 13 años), además de destitución e inhabilitación. 
  • Si es cometido por exintegrantes de las instituciones de seguridad pública, procuración o administración de justicia, o de ejecución de penas: Hasta 13 años e inhabilitación para desempeñar cargo público hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
  • Si el delito es cometido a través de menores de dieciocho años o incapaces: Hasta 13 años.
  • Utilice equipos o artefactos que permitan la intervención o inhibición de comunicaciones de instituciones de seguridad pública, procuración o administración de justicia, o de ejecución de penas: Hasta 13 años.

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