Guanajuato, Guanajuato.- Diputados del Partido Acción Nacional (PAN) propusieron cambios al tipo penal de feminicidio para que se agregue:

  • signos de violencia sexual que degraden el cuerpo de víctima o presente heridas en zonas vitales
  • además de que se contemple la relación sentimental con el agresor
  • y la pérdida de derechos del sentenciado.

La iniciativa de reforma al Código Penal para el Estado fue presentada por la diputada Cristina Márquez Alcalá, quien dijo que los cambios responden al llamado de homologación del tipo penal que hicieron diputados federales.

La legisladora explicó que la propuesta plantea que se estará ante un caso de feminicidio cuando la victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, “lo que permitirá conocer cualquier acto que degrade o dañe el cuerpo o la sexualidad de la víctima”.

También se propone establecer de manera expresa que existe un feminicidio cuando el cuerpo de la víctima presenta heridas en zonas vitales, traumatismos, estrangulamiento, cortes, puñaladas, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, escoriaciones, esto con la finalidad de evidenciar que las formas en que las mujeres son asesinadas delatan la saña y el desprecio al cuerpo y la vida.

Se propone agregar la relación sentimental, en el entendido de que esta circunstancia permite tener en cuenta uno de los principales ámbitos donde las relaciones entre mujeres y hombres pueden basarse en la discriminación”, añadió.

Además, legisladores panistas contemplan que se establezca una sanción para los funcionarios que retarden o entorpezcan, por negligencia u omisiones, la procuración o administración de justicia en estos caso y que el sentenciado por este delito pierda los derechos en relación con la víctima.

Como los de carácter sucesorio y la pérdida de patria potestad de hijas e hijos, cuando el victimario sea el padre& el feminicidio es una violación grave a los derechos humanos de las mujeres, así como una de las manifestaciones más extremas de discriminación y violencia”, subrayó la diputada.

Recordó que las tipificación del feminicidio en Guanajuato se realizó el 3 de junio de 2011 al incorporar el artículo 153-A al Código Penal estableciendo una penal de 25 a 35 años de prisión y de 250 a 350 días multa.

A partir de entonces, en Guanajuato el tipo penal de feminicidio ha sido reformado en dos ocasiones.

  • La primera reforma al tipo penal se hizo el 11 de junio del año 2013, con la que se incorporaron en siete fracciones los supuestos para acreditar las razones de género
  • y la última realizada el 23 de mayo de 2014, en la cual se avaló el incremento de la pena a un rango de 30 a 60 años y de 300 a 600 días multa.

 Queridos lectores, nuestro trabajo empieza y termina con ustedes. En AM empezamos el año con una misión y visión renovadas y te invitamos a conocerlas en este breve video. Mil gracias por tu apoyo. ¡Dinos qué te parece en los comentarios!

Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *