Celaya, Guanajuato.- El gobierno municipal de Celaya ordenó el cierre de negocios en la ciudad, a causa de la contingencia generada por el Coronavirus.

El titular de Protección Civil, Luis Ramón Ortiz Oropeza, señaló que habrá restricciones para ciertos establecimientos que podrán abrir. Estos son de venta de alimentos.

Protección Civil y Bomberos emitió una serie de restricciones y recomendaciones para los negocios de diferentes giros que, por la naturaleza de sus servicios, concentran una cantidad importante de personas.

En estas restricciones se establece que los clubes deportivos, gimnasios y albercas públicas, quedarán cerrados a partir de este miércoles 1 de abril y hasta nuevo aviso, dado que se consideran un foco rojo de contagio”, señaló el director.

“Los giros comerciales de comida (fondas, torterías, cocinas rápidas, jugos y licuados, panaderías), podrán operar de las 6:00 de la mañana a 5 de la tarde, en un turno matutino, y de las mediodía a 10 de la noche en horario vespertino (taquerías y cenadurías)”.

Asimismo, señaló que para el giro comercial de restaurantes, el horario de operación será de las 11:00 de la mañana a 9 de la noche. Tendrán hasta las 10 de la noche para el desalojo total del inmueble.

Agregó en los negocios que ofrecen alimentos los responsables deberán cerciorarse que se mantenga la distancia de al menos un metro y medio entre las mesas de los comensales (dos metros para restaurantes) y se prohíbe tener un aforo mayor al 50 por ciento de su capacidad del inmueble.

Las medidas sanitarias obligatorias serán que el personal deberá tener, en todo momento, cubrebocas y proporcionar alcohol gel al ingreso del establecimiento”, dijo.

“Limpiar y desinfectar antes de abrir el establecimiento y al cerrarlo, colocar letreros con la obligación de usar los materiales de protección e higiene que proporciona la tienda y prohibir que usen guantes propios, para tomar los productos”.

Para el giro comercial de tianguis, en cualquier modalidad, en el turno matutino podrán operar de las 8:00 de la mañana a 2 de la tarde y en el vespertino de las 5 de la tarde a 10 de la noche.

Las medidas sanitarias obligatorias son:

  • el personal deberá tener, en todo momento, cubre bocas
  • proporcionar alcohol gel al ciudadano que tenga contacto directo al intercambio de producto o efectivo.

Indicó que se le dará prioridad de establecer aquellos comercios semifijos que ofrezcan productos de primera necesidad (productos alimenticios, artículos de limpieza para el hogar e higiene personal).

En el giro comercial al por menor de otros artículos, el horario será de las 6:00 de la mañana a las 9 de la noche y deberán cerciorarse que se mantenga una distancia de al menos 1.5 metros en las filas de las cajas, además que se prohíbe tener un aforo mayor al 50% de su capacidad del inmueble.

En los Mini Super, el horario de operación es de las 6:00 de la mañana a 9 de la noche, con las medidas sanitarias obligatorias y se prohíbe tener un aforo mayor al 80 por ciento de la capacidad del inmueble.

El funcionario sostuvo que para las tiendas de conveniencia, el horario permitido será de las 6:00 de la mañana a las 9 de la noche, con sus respectivas medidas sanitarias y con la restricción de máximo un 50 por ciento de la capacidad del inmueble.

En el caso de las misceláneas, el horario de operación será de las 6:00 de la mañana a 10 de la noche así como una restricción en la venta de bebidas alcohólicas, a partir de las 9 de la noche.

Las disposiciones tienen vigencia a partir de este miércoles 1 de abril y hasta que concluya la contingencia sanitaria por la presencia del Covid-19.

AM

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