León, Guanajuato.- Para evitar la propagación del COVID-19 darán todo tipo de facilidades a los familiares de personas que fallezcan a causa de esta epidemia para que sean cremados.

El plazo a partir del fallecimiento de una persona por COVID-19 no debe exceder las 12 horas.

El personal médico donde fallezca el paciente deberá de persuadir a los familiares para que el cadáver sea cremado, respetando su derecho y otorgándoles toda la información clara y precisa, señalan las autoridades de salud. 

En el Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, en su edición No.74 del lunes 13 de abril del 2020, el  Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud Pública del Estado de Guanajuato, Daniel Díaz Martínez,  da a conocer con todo detalle el procedimiento para el trámite administrativo de las defunciones por el COVID-19.

En el caso de que el cadáver no sea reclamado, la Unidad Médica deberá de notificar al Ministerio Público, a fin de que se proceda de acuerdo a derecho”, dijo.

Se publica que “en caso de que el deceso sea en casa, el familiar responsable  deberá notificar a un profesional de la salud o al Ministerio Público para lo conducente”.

Pero en el caso de que el fallecimiento ocurra en el traslado del enfermo por una enfermedad respiratoria no determinada, deberá de notificarse al Ministerio Público.

Las unidades médicas públicas y privadas, así como la fiscalía general del Estado de Guanajuato (Ministerio Público y Servicio Médico Forense) deberán de garantizar la emisión de certificados de defunción, las 24 horas del día, incluyendo días festivos y días de semana”.

En otro de los apartados se da a conocer que las jurisdicciones sanitarias, o quien se designe la responsabilidad, deberán de garantizar la emisión de permiso de traslados las 24 horas del día, incluyendo días festivos y días de semana.

Además de que las Oficiales del Registro Civil deberán de garantizar la emisión de las órdenes de inhumación y cremación las 24 horas del día, incluyendo días festivos y días de semana.

Se busca agilizar la trámites de traslados de personas enfermas con el Covid-19, así como certificados de defunción, incluso si estos se dan durante la madrugada y deberán ser atendidos por las guardias de la Dirección General del Registro Civil”.

Se da a conocer que las Presidencias municipales deberán de garantizar los trámites necesarios para la cremación  o inhumación las 24 horas, incluyendo días festivos y días de semana.

Además se deberán de codificar las causas del fallecimiento de la persona.

Se deberá de codificar la causa básica de la defunción, de acuerdo a la clasificación internacional de enfermedades CIE-10, para los casos de COVID-19  (UO7.1  virus identificado) y para los casos sospechosos de COVID-19 (UO7.2  COVID-18 virus no identificado)”.

Todo el personal que interviene en el manejo y traslado de cadáveres confirmados o sospechosos de COVID-19  deberán de cumplir con normas de bioseguridad y el uso de equipo de protección personal.

HLL

 

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