Guanajuato.- Tras el amparo que ganó para que se le vuelva a dictar sentencia no se le puede reducir la condena de 90 años dictada a Jorge Raúl Villegas Chávez, el sacerdote y exvocer de la Arquidiócesis de León preso por los delitos de violación calificada, abuso sexual, corrupción de menores y hostigamiento sexual.

Así lo aseguró la asesora jurídica de las víctimas, Dalia Ramírez Delgado, quien explicó que no hay anulación de la condena debido a que Villegas Sánchez todavía sigue en prisión, pues si hubiera una anulación él estaría en libertad. 

“Si la sentencia en cada acta que refieren las niñas hacen un acumulativo de más de 90 años de prisión, en ese sentido se va a dictar. Las declaraciones de estas menores no se van a revictimizar, es decir, se van a reproducir como fueron filmadas y tomadas ante este nuevo tribunal de enjuciamiento. Están salvaguardados los derechos de las víctimas”, explicó.

“No se puede reducir la pena porque fue condenado este señor a cada acto que provocó e hizo en ellas. La reproducción de la entrevista de ellas es clara y precisa. Ellas dicen cada momento y cada acto y eso es lo que se va a volver a contabilizar. Entonces vamos a llegar a la misma sumatoria de la misma condena”, agregó. 

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Nuevo juicio a padre Villegas será a finales de febrero

Ramírez Delgado consideró que esto no es un revés para la sociedad y la justicia porque recurrir al amparo es un derecho que todos los ciudadanos pueden ejercer así sean inculpados o víctimas. 

Asimismo explicó que esta resolución directa de un amparo se realizó solamente con el fin de subsanar cuestiones que el sacerdote Villegas hizo valer como conceptos de agravío en una cuestión de una relación procesal.

“Él (padre Villegas) promueve su amparo directo porque dice que hay una violación en el proceso, se analiza el asunto por parte del Tribunal Colegiado y éste interpreta que previo a haber iniciado la audiencia de juicio con todos los órganos de prueba el juez que condenó a este sacerdote tuvo una entrevista con las víctimas y efectivamente así fue porque el juez se presentó ante las víctimas que eran menores de edad en ese momento”, explicó. 

“Este argumento no le pareció al sacerdote y lo hizo valer que le violaron un principio de contradicción y que esto se pudo haber interpretado como si hubieran tomado represalías en la condena tan alta que él tuvo y el Tribunal Colegiado no anuló la libertad solamente lo que hace es reponer ciertos órganos de prueba con la facultad de la jurisdicción del nuevo tribunal de enjuciamiento para que dicte la sentencia”, agregó.

Finalmente, informó que será el 28 de febrero cuando se realice la audiencia de juicio.

AM publicó este lunes que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado dejó sin efectos la audiencia del juicio y ordenó integrar un nuevo Tribunal de Enjuiciamiento y volver a dictar sentencia.

MCMH
 

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