Invalida Suprema Corte de Justicia necesidad de solicitar permisos para manifestarse en espacios públicos en Guanajuato

Guanajuato.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional que los guanajuatenses tengan que pedir autorización para manifestarse en calles o plazas públicas.

La Corte invalidó el contenido de la fracción III del artículo 66 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de Guanajuato

La misma establecía que era una infracción de seguridad ciudadana usar las áreas y vías públicas para manifestarse, sin contar con autorización.

La disposición, sostuvo la Corte, “resultaba contraria a los derechos fundamentales, a la libertad de expresión, reunión y asociación”.

También señaló que pedir autorización para el uso de espacios públicos era una exigencia que constituía censura. 

La Ley de Justicia Cívica fue publicada el  23 de abril de 2021 en el Periódico Oficial del Gobierno de Guanajuato.

El juicio de inconstitucionalidad del artículo fue promovido por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos

La Corte también invalidó fracciones que establecían que para ser parte de un organismo regulador de justicia era necesario no haber sido previamente suspendido o inhabilitado para un cargo público.

A su juicio, impedía la igualdad de acceso a los cargos.

Se los dijimos: Esqueda

El procurador de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, Vicente Esqueda Méndez, comentó que el señalamiento de no requerir permisos previos para una manifestación pública, lo habían observado a los 46 municipios en una propuesta general para regular las protestas respetando la libre expresión.

El 20 de abril del 2021 este organismo emitió una Propuesta General PDHEG/01/2021 en la que definían los estándares a tomar en consideración para el adecuado ejercicio de la manifestación pública y pacífica.

“Se trataba de facilitar el cómo se pudieran llevar a cabo las manifestaciones públicas en el estado sin la intervención indebida de autoridades políticas o policiales. En el documento de propuesta se hace mención el que se deben de garantizar las manifestaciones porque se había hecho una revisión de normatividades municipales y algunas requerían el tema de una autorización”.

MCMH

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