Guanajuato, Guanajuato.- Solo por escrito, porque no asistió a la sesión, el diputado Ernesto Prieto presentó una iniciativa para derogar el delito de ‘halconeo’, declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 6 de marzo.
Dichos artículos tipifican como delito cuando un servidor público compartía información que conociera con motivo de sus funciones, con delincuentes, para que se cometa cualquier hecho delictuoso o para entorpecer el cumplimiento de las funciones de seguridad pública, procuración o impartición de justicia, o de ejecución de penas.
Específicamente, propuso una reforma al Código Penal estatal para que se deroguen los artículos 222-a y 222-b, los cuales fueron declarados inconstitucionales e inválidos porque atentan contra la libertad de expresión, pues podría considerarse como delito cualquier actividad encaminada a obtener información sobre las actividades.
Además de que la descripción de dichos tipos penales resultan amplios e imprecisos.
En la exposición de motivos, Ernesto Prieto señaló que esos tipos penales adicionados, por su contenido y redacción, coloquialmente son llamados como “delitos de halconeo”, debido a su relación con la actividad de vigilancia que grupos delincuenciales hacen, que en la mayoría de los casos significa obtener información de las actividades de los elementos que integran las instituciones de seguridad pública, procuración e impartición de justicia.
Además, se precisa que, así como la información sobre esas instituciones puede ser mal empleada para la comisión de delitos, por otra parte, ese tipo de regulaciones tiende a inhibir el ejercicio periodístico y el derecho de acceso a la información pública.
Argumentó que es suficiente con que la Fiscalía en sus investigaciones documente y acredite ese tipo de actos.
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