En Guanajuato se prohíbe el matrimonio entre personas enfermas incurables.

Guanajuato – El director del Registro Civil de Guanajuato, Juan Hinojosa Diéguez, informó que el artículo 153 fracción VIII del Código Civil vigente, contempla como impedimento para contraer matrimonio “enfermedades o conformaciones especiales que sean contrarias a los fines del matrimonio”.

Esto porque impiden las funciones relativas, bien porque sean contagiosas e incurables o porque científicamente hagan prever algún perjuicio grave o degeneración para los descendientes del matrimonio.

Hinojosa aseguró que en el Registro Civil trabajan un anteproyecto de reforma tanto para el Código Civil como para el reglamento de la materia.

Pide Gobernador modificar la reforma para que se puedan casar estos pacientes

No obstante, el gobernador Diego Sinhue Rodríguez Vallejo pide a legisladores que se modifique lo más pronto posible la reforma al Código Civil para que se permita el matrimonio entre personas con enfermedades crónicas e incurables como el VIH. 

No es un tema que vaya dirigido a nosotros, sino al legislativo porque dicen que en la ley existen algunos impedimentos para los matrimonios, entonces es un tema que va dirigido al legislativo. 

Siempre he sido respetuoso del legislativo, pero lo que yo sí diría, es que ojalá se haga esta reforma pronto. Nosotros vamos a esperar a que el legislativo lo cambie para poder aplicar la ley, a nosotros nos toca la aplicación de la ley y al legislativo hacer las leyes”, declaró. 

Este jueves, AM publicó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos pidió a diez estados del país, entre ellos Guanajuato, que eliminen leyes que prohíben el matrimonio entre personas “con enfermedades crónicas e incurables, contagiosas o hereditarias”.

La CNDH consideró que estas leyes pueden discriminar a los seropositivos o a las personas que viven con Sida.

Dicha recomendación fue dirigida a los gobernadores y a los líderes de las asambleas legislativas de los estados, que deben acatar el llamamiento o explicar por qué se niegan. 

“En Guanajuato se victimiza a los pacientes con VIH”

Por: Marina Plaza

De acuerdo al colectivo Inclusión Social, el estado de Guanajuato sigue victimizando a las personas con diagnóstico de VIH al negarles la posibilidad de matrimonio, lo cual, “es una decisión únicamente de las personas”.  

Así lo consideró Alvin Gabriel Ramírez Hurtado, coordinador general del colectivo en Celaya, frente a la recomendación que recibió Guanajuato por parte de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), para modificar su Código Civil, al ser de uno los 10 estados que restringen el matrimonio en caso de diagnóstico por VIH.

Señaló que el vínculo conyugal debería quedar en la jurisdicción de las personas y no del Estado, de lo contrario, persiste una discriminación que se replica desde el sector gubernamental, notable en los servicios de salud y en este caso en los derechos de las personas para contraer matrimonio. 

Esto hace visible los retrasos que existen y se muestran en la discriminación. Debe existir apertura para las personas que viven con este diagnóstico y que ya enfrentan vulnerabilidad en otros aspectos, incluso desde la familia”. 

Informó que Guanajuato comparte la recomendación con Chiapas, Durango, Guerrero, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo y Sinaloa, que deberían hacer cambios en la figura del matrimonio desde sus Congresos.

“Hay que velar por los derechos de las personas con esa condición y no recriminarlas. El colectivo por su parte da el acompañamiento y esperamos que el Estado tome consciencia ante una alta discriminación que existe desde el sector salud, familiar y legal”. 

El coordinador del colectivo, informó que dicha situación podría ser retomada e integrada a las demandas que realizará la comunidad de diversidad sexual en su programa anual de actividades, contempladas para Celaya y la región. 

“Vemos muy mal que por ejemplo desde el sector salud, las personas con VIH sufren estigmas y señalamientos, además de que se les niega el servicio, es un conjunto de situaciones que deben atenderse sin perjuicios”. 

De acuerdo a la CNDH, el impedimento vulnera los derechos humanos a formar una familia, a la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad y al derecho de acceso a la información con respecto al derecho a la salud.

Por otra parte, trascendió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el amparo en revisión 670/2021, estableció que la decisión de matrimonio con dicha condición es responsabilidad de quién puede sufrir el riesgo. 

PCCD

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